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Victimas LGBT del conflicto armado y el restablecimiento de sus derechos

Caribe Afirmativo reivindica el Día Nacional  de Memoria y Solidaridad con las Víctimas

La ley 1448 o Ley de Victimas de 2011 se convirtió en el primer cuerpo legislativo en Colombia que hizo un reconocimiento explícito de las personas Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersex. Dicho reconocimiento se enmarca en identificar la afectación que el conflicto armado ha generado hacia ellas, en razón de su orientación sexual e identidad de género diversa. Esta nominación en la ley ha permitido que las acciones emprendidas para atención, reparación, y garantías de no repetición incluya trabajo con personas LGBTI afectadas por el conflicto armado y las organizaciones que las representan.

Uno de los avances de esta ley es promover la participación directa de las victimas escenarios de decisión (Mesas de víctimas, Consejos territoriales de Paz, Reconciliación y convivencia, Consejos Territoriales de Planeación, Mesas interinstitucionales, entre otros) para que de manera conjunta incidan sobre políticas o programas que se implementen en los territorios y que estos tengan enfoques territoriales, étnicos y de género.

El 9 de abril ha sido el día estipulado por la Ley para que la ciudadanía genere solidaridad con las más de ocho millones de víctimas del conflicto armado. Por ello, durante este mes Caribe Afirmativo realizará acciones tendientes a la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado -en especial a mujeres lesbianas, hombres gais, personas bisexuales, trans e interesex-, considerando que sufrieron hechos victimizantes y que en la historia reciente del país se deben dejar sentadas las voces de familias y personas LGBTI que sobrevivieron a la guerra, muchas de las cuales ejercen liderazgo para la construcción de un país en paz que respeta y reconoce la diversidad sexual actualmente.

La Unidad de Víctimas registra los casos que personas LGBT declaran como hechos victimizantes ante las instituciones del Estado como Personerías municipales, Defensorías Regionales o Procuraduría, con la finalidad de brindar atención, reparación y acompañamiento en el proceso de restablecimiento de los derechos a través de las medidas de asistencia que la Ley 1448 consagra a cada caso.

Al día de hoy en el Registro Único de Victimas (RUV) hay 2.130 personas auto reconocidas como LGBTI víctimas del conflicto armado, que fueron afectadas por los siguientes hechos victimizantes:

Tabla #1 Número de personas LGBTI registradas en el RUV según hecho victimizante.

Hecho victimizante Número de víctimas LGBTI
Homicidio 108
Pérdida de Bienes O inmuebles 28
Sin Información 2
Desaparición Forzada 17
Secuestro 18
Tortura 28
Delitos contra la libertad y la Integridad Sexual 185
Otro 27
Vinculación de niños, niñas y adolescentes 6
Acto terrorista/Atentados/Combates/Hostigamientos 25
Amenaza 483
Minas antipersona/Munición sin explotar/Artefacto Explosivo 1
Desplazamiento 1961

Fuente: Elaborada por el equipo de Caribe Afirmativo a partir de la información publicada en el Registro Único de Víctimas.

La tabla anterior  muestra que las 2.130 personas víctimas LGBT han sufrido hechos victimizantes que la Ley 1448 ha reconocido como afectaciones que grupos al margen de la ley causaron en el territorio nacional. Se observa que el desplazamiento forzado es el hecho victimizante que más afectó a personas LGBTI, de acuerdo al RUV 1.961 personas LGBTI fueron despojadas de sus territorios por grupos al margen de la ley. Esta situación también produjo el desligue de personas LGBTI de sus núcleos familiares.

Otros de los hechos que ha afectado en gran medida a personas LGBTI son las amenazas y panfletos que han circulado por municipios y ciudades del país, donde fueron consideradas “Blanco Militar”, generándoles temor, miedo, y zozobras. Los panfletos contenían amenazas de muerte por orientación sexual, identidad de género, o estado de VIH/SIDA.

Los delitos contra la libertad y la integridad sexual son el tercer hecho victimizante que más personas LGBT sufrieron en el marco del conflicto armado. Mujeres lesbianas, personas trans y hombres gais fueron afectados en su integridad sexual, y en muchos casos la violencia sexual buscaba la “Corrección” de la sexualidad, siendo un acto de barbarie, sometimiento y humillación de dejó huella en muchos cuerpos diversos que hoy día esperan la verdad, justicia y reparación, con garantías de no repetición. A la fecha 185 personas LGBTI han manifestado que sus cuerpos fueron tomados como botín de guerra y que a la fecha muchos de esos casos (por no decir que la mayoría) permanecen en la impunidad.

Asimismo, 108 homicidios contra personas LGBTI en el marco del conflicto armado han sido registrados por la Unidad de Victimas por las denuncias de sus familiares, compañeras y compañeros permanentes o seres queridos. Estas personas tuvieron la amarga experiencia de saber que grupos armados asesinaron a sus seres queridos por los prejuicios, por generar pánico en la ciudadanía, por legitimar su odio, entre otras razones.

Además de esto, la Corte Constitucional ha reconocido otros hechos victimizantes que también generaron afectaciones a personas LGBTI en el marco del conflicto armado -como secuestro, tortura, pérdida de bienes materiales, hostigamiento, entre otros- y perturbaron la vida digna de personas que residían en territorios donde el conflicto armado ha tenido lugar.

Por ello, en una fecha como la de hoy, aprovechamos para elevar las siguientes recomendaciones a las instituciones del Estado:

Defensoría del Pueblo: Continúe el ejercicio de secretaría técnica de las Mesas municipales, distritales, departamentales y nacional y acompañando a las víctimas del conflicto armado en el restablecimiento de sus derechos, y en la construcción de espacios para la Paz.

Unidad de Victimas y Restitución de Tierras: Ejecutar la política pública de victimas a través de acciones afirmativas en materia de reparación integral, teniendo en cuenta la interseccionalidad y enfoques diferenciales, y acelerar los procesos de retorno, recuperación de predios y la tenencia de la tierra para campesinas, campesinos y personas residentes en sectores rurales del país. Las medidas de reparación, indemnización, casos de priorización, atención psicosocial y demás medidas de reparación integral a personas LGBTI sean analizadas en particular por las situaciones que cada una de ellas viven, teniendo en cuenta que aun en los territorios donde residen existen situaciones que pone en riesgo sus vidas por su orientación sexual o identidad de género.

Solicitamos se revisen las acciones administrativas tomadas respecto a la atención de mujeres y personas LGBTI como el grupo de género, que dejo de ser independiente y fue agregado dentro del grupo de enfoque diferenciales que reúne a todos los enfoques que la Ley 1448 reconoce.

Consideramos que mujeres y personas LGBT como sujetas y sujetos de especial protección constitucional requieren de acciones concretas, directas y de atención específica. Por ello se deben activar acciones afirmativas que insten el  fortalecimiento de sus procesos participativos, de organización y de construcción de tejido social.

Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Victimas: A diseñar, implementar rutas y protocolos dentro de las instituciones enmarcadas en el respeto y reconocimiento de las personas LGBTI, reconociendo y respetando en especial la identidad de género de las personas trans. Asimismo, crear mesas de trabajo interinstitucional para evitar traumatismos en la atención a personas LGBTI.

Junto con la Unidad de Protección, disponer medidas de seguridad que protejan a líderes y lideresas LGBTI en los territorios, que no las coloque en evidencia y que tales medidas o esquemas de seguridad sean acordes a los contextos territoriales.

Fiscalía: Investigar con celeridad los casos de amenazas, agresiones y homicidios cometidos contra líderes LGBTI, y sancionar penalmente a quienes atenten contra la vida de quienes trabajan por el respeto y reconocimiento de los derechos de personas con orientaciones sexuales e identidades de genero diversas.

Caribe Afirmativo