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¿Por qué es tan necesario el Enfoque de Género en el Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos?

25 de marzo de 2021. Antes de comenzar el análisis, es necesario definir el concepto de “Enfoque de Género” y el de “Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos” que, en adelante se abreviará como EPTV.

Primeramente, el Enfoque de Género hace parte de los métodos de análisis del enfoque diferencial. Este enfoque se centra en visibilizar la calidad de la relación entre hombres, mujeres y otras identidades (trans, travestis e intersexuales), y así, buscar mecanismos que disminuyan las desigualdades entre grupos.

Según el Alto Comisionado de Derechos Humanos en Colombia, este enfoque busca dar respuestas integrales a los actos discriminatorios y de violencia que se tienen en contra de algunos grupos (LGBTI, habitantes de calle, personas en ejercicio de la prostitución, afrodescendientes e indígenas); mediante el desarrollo de programas que permitan identificar las necesidades, problemáticas, interpretaciones e interés particulares que tengan las poblaciones en relación a la respuesta estatal[1].

Por otra parte, El EPTV es un mecanismo jurídico de protección temporal que busca otorgar un beneficio de regularización a aquellos venezolanos migrantes que cumplan con una serie de requisitos específicos.

Este estatuto fue creado por el Gobierno colombiano mediante el Decreto 2016 del 1 de marzo del 2021. Sin embargo, antes de su expedición, el Gobierno nacional otorgó un plazo corto para recibir sugerencias por parte de algunas organizaciones que trabajan con población migrante y refugiada. Una de estas organizaciones fue Caribe Afirmativo, quien resaltó la falta del enfoque de género en el EPTV.

¿Por qué es importante el enfoque de género en el EPTV?

Actualmente, la población trans se encuentra segregada en nuestra sociedad por su identidad de género y los prejuicios que tiene la ciudadanía en contra de elles [violencia por prejuicio].

Sin embargo, este grupo poblacional ha ganado luchas mediante acciones jurídicas bajo la modalidad del litigio estratégico, de este modo la población ha reivindicado sus derechos, ya que en el día de hoy, pueden cambiarse el nombre y sexo en su documento de identidad, es decir, su nombre jurídico puede ser cambiado por su nombre identitario; también, pueden recibir tratamiento de reemplazo hormonal gratuito por parte del Estado colombiano; así mismo, el Estado colombiano debe garantizar la cirugía de reasignación de sexo cuando ésta sea solicitada; entre otros derechos.

No obstante, la realidad para las mujeres y hombres trans venezolanos es muy distinta en Colombia por la falta del enfoque de género en los decretos y resoluciones que regulan el Permiso Especial de Permanencia.

 Actualmente, los permisos especiales se inscriben con el nombre jurídico de las personas que llegan desde Venezuela, por lo que es imposible para la población trans tener en sus documentos el nombre identitario y el género con el que se identifican, ya que, en Venezuela, no se reconocen estos derechos.

Aunque este problema se perciba como diminuto realmente contrae diversas consecuencias negativas para la población trans venezolana, ya que se estaría institucionalizando ciertos actos discriminatorios, como por ejemplo que, un agente de policía realice una inspección corporal a una chica trans, siendo de un género distinto, vulnerando el derecho a la intimidad y dignidad humana; cómo también puede suceder que, un agente de policía acuse a una a alguien de la población trans de falsificar el permiso especial, ya que el nombre y fotografía del documento, no es acorde a la identidad del trans.

Incluso, esta falta de enfoque de género en el Permiso Especial de Permanencia, continúa perjudicando a las mujeres trans en el ámbito laboral, pues las hojas de vida que éstas envían a las convocatorias, contienen sus nombres jurídicos y el sexo asignado al nacer, lo que ha provocado que sean descartadas en los procesos, cuando se presentan a las entrevistas presenciales. Según lo que manifiestan las mujeres trans que han vivido esta situación, la incongruencia entre sus identidades de géneros y la información que emana de sus documentos, generan una desconfianza en las empresas, dando a pensar que el documento que ellas poseen, es falsificado.

Es importante comunicarles que, desde Caribe Afirmativo, estamos recolectando relatos de mujeres y hombres trans venezolanos que estén viviendo este tipo de situaciones debido a la falta de enfoque de género en los mecanismos de regularización temporal, con el propósito de iniciar acciones jurídicas bajo la modalidad de litigio estratégico, para obtener de este modo, un EPTV que reconozca nuestras realidades.

[1] https://www.hchr.org.co/index.php/76-boletin/recursos/2470-ique-es-el-enfoque-diferencial