Una democracia efectiva requiere el reconocimiento y la promoción de los derechos políticos de toda la ciudadanía en igualdad de condiciones. Los derechos políticos comprenden una amplia gama de garantías, entre las cuales se destaca el derecho a votar en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal y secreto, así como el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de personas libremente elegidas. Estos derechos y garantías han sido reconocidos en instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al igual que en la Constitución Política de Colombia, que en su artículo 40 los consagra como derechos fundamentales.
No obstante, el derecho al voto se ve atravesado por el principio de igualdad y no discriminación, que implica la prohibición de cualquier distinción arbitraria al momento de votar, y la necesidad de que el Estado promueva condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, particularmente en el caso de grupos sociales marginados.
A pesar de los avances conseguidos por los liderazgos y movimientos sociales, no se ha logrado garantizar un goce efectivo de los derechos políticos de toda la ciudadanía. Todavía existen barreras que limitan el pleno ejercicio de estos derechos para las personas que hacen parte de sectores históricamente discriminados. Este es el caso de las personas trans en Colombia, quienes enfrentan una discriminación estructural que les impide ejercer plenamente no sólo sus derechos políticos, sino otros esenciales como la vida, la dignidad, la seguridad e integridad personal.
En el ejercicio del derecho al voto, las personas trans en la mayoría de los casos deben sortear diferentes dificultades e incluso ser víctimas de hechos de discriminación, tanto por parte de personas funcionarias públicas como de la ciudadanía en general. Esto se produce por situaciones como la no correspondencia de sus expresiones e identidades de género con sus documentos de identidad, lo cual lleva al desconocimiento de sus nombres identitarios o simplemente a ser objeto de miradas, burlas y comentarios ofensivos. En atención a dicha problemática, en el año 2020, y a partir de la propuesta presentada por la Fundación Grupo de Acción y Apoyo a Personas Trans (GAAT), la Misión de Observación Electoral (MOE) y Caribe Afirmativo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) expidió la Resolución 3480 de 2020, por medio de la cual se adoptó el Protocolo para Promover Medidas que Garanticen el Derecho al Voto de las Personas Trans en Igualdad de Condiciones (Protocolo de voto trans o Protocolo). A través de este protocolo, se pretende promover el reconocimiento de los derechos político-electorales de las personas trans y contribuir a la eliminación de las barreras que limitan, obstaculizan e impiden el ejercicio de los mismos.
La MOE, como plataforma de organizaciones de la sociedad civil que promueve los derechos políticos y la participación ciudadana, decidió realizar una observación electoral con un enfoque en los derechos de las personas trans. Esta fue construida en alianza con el GAAT y Caribe Afirmativo, lo cual resulta fundamental si se tiene en cuenta que para la puesta en marcha de este tipo de iniciativas es indispensable la participación de personas trans, ya que son ellas quienes poseen conocimientos, saberes y experiencias propias sin las cuales no sería posible ni correcto consolidar un ejercicio de observación electoral.
Por medio de dicha observación, se busca identificar si durante cada una de las etapas del proceso electoral, y en especial el día de las elecciones, las personas trans tienen restricciones injustificadas a su derecho a elegir y si se cumplen o no las disposiciones contenidas en el Protocolo de voto trans. Asimismo, el ejercicio de observación electoral busca formular recomendaciones a las autoridades con competencia electoral para lograr un efectivo goce del derecho al voto por parte de las personas trans.
El Protocolo de voto trans fue implementado por primera vez en las Elecciones Nacionales de 2022, que comprendieron las elecciones al Congreso de la República (13 de marzo) y la primera (19 de mayo) y segunda vuelta (19 de junio) a la Presidencia y Vicepresidencia de la República. A su vez, en dichas elecciones se realizó por primera vez el ejercicio de observación con enfoque en los derechos de las personas trans. Como resultado de este, se pudo identificar que hubo una mejora progresiva en la aplicación de las disposiciones del protocolo desde las primeras elecciones, las del Congreso, hasta las últimas, la segunda vuelta presidencial. Se encontraron incumplimientos parciales relacionados con la inadecuada práctica de requisas y la insuficiente disposición de fichas informativas y pedagógicas en los puestos de votación. Hubo incumplimientos totales en lo que respecta a la creación e implementación de un procedimiento para la recepción de quejas de casos de discriminación contra personas trans, la sistematización y el seguimiento a esta información y la promoción de procesos de divulgación en los cuales se invitase a las personas trans a inscribir sus cédulas y actualizar sus datos. Sumado a lo anterior, se presentaron hechos discriminatorios contra las personas observadoras durante el ejercicio del derecho al voto y en el momento de la observación electoral, como miradas de sospecha y comentarios despectivos.
Ahora bien, en el marco de las Elecciones Locales de 2023, la MOE, el GAAT y Caribe Afirmativo realizaron nuevamente una observación electoral con enfoque en los derechos de las personas trans. La observación electoral de 2023 se dio como una continuación del ejercicio realizado previamente, y para ello se avanzó en la revisión y adecuación de los instrumentos de observación y se replanteó la estrategia con el objetivo de enfocarse en las principales barreras identificadas en 2022. De esta manera, el presente documento busca analizar los principales avances y retos en la implementación del Protocolo de voto trans, se recogen los principales hallazgos de la observación electoral en las Elecciones Locales de 2023 y se presentan una serie de recomendaciones para el fortalecimiento del protocolo y su aplicación por parte de la Organización Electoral y demás autoridades con responsabilidad en las elecciones.
El presente informe se divide en cuatro capítulos. El primer capítulo destaca las acciones implementadas por la MOE con el propósito de asegurar la efectividad y pertinencia de la observación electoral con un enfoque diferencial y de promover la participación política de las personas trans. En el segundo capítulo, la MOE, junto con el GAAT y Caribe Afirmativo, presenta de manera detallada la metodología de observación electoral con enfoque en los derechos de las personas trans en las Elecciones Locales de 2023. El tercer capítulo expone los hallazgos obtenidos a partir de este ejercicio de observación, evaluando tanto el nivel de cumplimiento de las acciones interinstitucionales establecidas en el Protocolo de voto trans como el monitoreo de las garantías y barreras para el ejercicio del derecho al voto de las personas trans durante la jornada electoral. Finalmente, en el cuarto capítulo, la MOE ofrece una serie de recomendaciones dirigidas a las distintas entidades responsables de la implementación del Protocolo, con la intención de que sean consideradas para las próximas elecciones de consejos de juventud en 2025, así como para el próximo ciclo electoral nacional (Elecciones Nacionales de 2026 y Elecciones Locales de 2027). Léelo aquí.