Derechos Humanos Legislación Más reciente

Reforma a la salud: ¿cuáles son sus cambios principales y qué dice sobre las personas LGBTIQ+?

Bandera de arcoiris con un estetoscopio

El 13 de febrero de 2023 el presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez presentaron el texto de propuesta de reforma estructural a la salud en Colombia, una de sus banderas de campaña.

15 de febrero de 2023. La reforma a la salud en Colombia ha sido uno de los proyectos de ley con más controversia del nuevo gobierno en Colombia. La propuesta entregada se enfoca en un sistema de salud preventiva, predictiva y resolutiva. Para esto, considera como determinantes sociales de la salud el acceso a agua potable, condiciones sanitarias, seguridad alimentaria, vivienda digna, condiciones de trabajo seguras, medio ambiente, entre otras.

Uno de los puntos fundamentales en el texto es que la intermediación financiera de las EPS desaparece, de forma que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, entidad pública, enviaría los recursos de atención en salud directamente a entidades e instituciones que brindan dicha atención: clínicas, IPS, hospitales, entre otras. Esta acción busca combatir la corrupción que se ha visto reflejada en el manejo de recursos a partir de operadores privados, desviando los fondos necesarios para salvar vidas en el país. Las EPS que no estén en proceso de liquidación podrán continuar pero deberán ajustarse al funcionamiento del nuevo sistema de salud de forma progresiva y ordenada.

La propuesta también presenta una nueva figura denominada Consejo Nacional de Salud, cuyas funciones serán, entre otras, la concertación de iniciativas de políticas públicas de salud, la presentación de iniciativas normativas y el proceso de evaluación y monitoreo del nuevo sistema de salud. Este Consejo estará conformado por representantes del Gobierno Nacional, empresariado, centrales obreras, asociaciones campesinas, organizaciones de pacientes, comunidades étnicas, organizaciones de población en condición de discapacidad, asociaciones de IPS, distintas entidades académicas, una representante de asuntos de la mujer y una representante de las comunidades LGBTIQ+.

En este sentido, consideramos fundamental que este espacio de decisión dé fuerza y visibilidad al enfoque de género señalado en el artículo 3° de la reforma como un elemento esencial del Sistema de Salud, junto a la obligatoriedad de los aportes, la parafiscalidad, la humanización, la eficacia, la intersectorialidad y la participación vinculante. El proyecto define el enfoque de género como la “superación de las barreras y restricciones a los derechos sexuales y reproductivos, el reconocimiento y la autodeterminación plena sobre el cuerpo, las concepciones y valoraciones sobre el cuidado, la superación de estereotipos basados en lo biológico y el reconocimiento histórico sobre las múltiples situaciones y circunstancias que afectan los derechos de las mujeres y de las personas sexualmente diversas”. Desde Caribe Afirmativo consideramos que este enfoque de género es fundamental para garantizar el derecho a la salud de todas las personas, como un punto de partida para saldar la deuda histórica hacia poblaciones vulnerables, especialmente a las personas trans y no binarias.

Por otro lado, la propuesta busca consolidar mejores condiciones laborales para el personal de la salud, formalizando al personal asistencial y administrativo, dando facilidades para su formación y garantizando su educación continua, permitiendo que el principio de humanización de la salud parta de sus trabajadores.

El pago de cuotas moderadoras se ve regulado en el artículo 26 Parágrafo 1, que indica que “[…] No se podrán establecer barreras económicas para acceder a los beneficios del Sistema de Salud tales como copagos o cuotas moderadoras […] Se exceptúa de esta norma la utilización de tratamientos hospitalarios y especializados no ordenados por los Centros de Atención Primaria Integrales y Resolutivos en Salud y no originados en una urgencia vital, en cuyo caso podrán cobrarse los copagos que reglamente el Ministerio de Salud.” Esto significa que los servicios de atención primaria en urgencias no podrán verse obstaculizados por el no pago de copagos. Además, de acuerdo al artículo 51, “[…]toda persona nacional o extranjera podrá solicitar la atención en salud a las entidades prestadoras de servicios de salud. Se prohíbe la negación de prestación de servicios de salud a quien lo solicite”, lo cual apunta a mejorar la atención para personas en proceso de movilidad humana.

Durante el cambio de régimen, el Ministerio de Salud adelantará progresivamente un proceso de territorialización de las EPS, que busca descentralizar los procesos de atención en salud para garantizar menores tiempos y costos en el traslado de pacientes a sus IPS. Los planes de medicina propagada y los regímenes especiales continúan (Magisterio, Policía, Fuerzas Armadas, sindicalistas, Ecopetrol y universidades).

La propuesta prioriza la atención de las poblaciones más apartadas, planteando la creación de brigadas móviles para identificar de forma temprana y oportuna las enfermedades recurrentes, previniendo muertes evitables. El Ministerio de Salud y Protección Social tendrá un año para definir detalladamente el funcionamiento del nuevo sistema. Finalmente, el mecanismo de participación para las comunidades étnicas frente a este proyecto será la consulta previa que permita su consentimiento previo, libre e informado en estas acciones.

Desde Caribe Afirmativo celebramos la mención del enfoque de género en la propuesta actual y esperamos que su aplicación permita generar una cobertura en salud que mejore significativamente la atención en salud para poblaciones vulnerables como las personas LGBTIQ+, con especial énfasis en las personas con experiencia de vida trans que han vivido constante discriminación en sus procesos de atención de salud.