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Personas LGBTI participarán en los Consejos de Paz, Reconciliación y Convivencia

Dos representantes de las personas con orientación sexual e identidad de género diversas, harán parte de este órgano.

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Mediante Decreto Ley 885 de 2017, expedido el pasado 26 de mayo por el presidente Juan Manuel Santos, en ejercicio de las facultades presidenciales para la paz, se modificó la Ley 434 de 1998, que regulaba el funcionamiento del Consejo Nacional de Paz y los Consejos Territoriales de Paz. A partir del nuevo decreto ley, estos órganos reciben el nombre Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, y de Consejos Territoriales de Paz, Reconciliación y Convivencia.

A diferencia de lo establecido en la Ley 434 de 1998, esta norma amplía la participación de la sociedad civil, específicamente de grupos poblacionales vulnerables, en los Consejos de Paz, Reconciliación y Convivencia.  Esta ampliación de la participación se hace evidente porque se aumenta el número de representantes de ciertos grupos poblacionales vulnerables, y se incluyen representantes de otros grupos que anteriormente no habían sido incluidos.

Así, por ejemplo, aumenta el número de representantes de las organizaciones indígenas,  de los grupos étnicos, de mujeres, niños, niñas y adolescentes, etc. Así, mientras que la Ley 434 de 1998 señalaba que entre los miembros de los Consejos debían estar incluidos un representante de las organizaciones indígenas nacionales, un representante elegido por las organizaciones de las comunidades negras, un representante de organizaciones que promuevan y defiendan los derechos de la mujer, y un representante de organizaciones que trabajen por los derechos de los niños, niñas y adolescentes, entre otros; el decreto plantea que deben incluirse tres representantes de las organizaciones  indígenas nacionales, dos representantes de las organizaciones nacionales de las comunidades afrocolombianas, negras, palenqueras y raizales, dos representantes del Pueblo Rom, tres representantes elegidas por las organizaciones que trabajen por la promoción y defensa de los derechos de la mujer y dos representantes de organizaciones que trabajen por los derechos de los niños, niñas y adolescentes, entre otros.

A su vez, son ejemplos de grupos poblacionales vulnerables que empiezan a ser incluidos expresamente en las disposiciones que regulan los Consejos los siguientes: tres representantes de víctimas del conflicto armado, dos representantes de población en condición de discapacidad, dos representantes de organizaciones acompañantes de víctimas, dos representantes de personas LGBTI, entre otros.

Asimismo, el decreto también le confiere nuevas funciones al Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, entre las cuales destaca la prestación de asesoría al Gobierno para diseñar y ejecutar un programa de reconciliación, convivencia y prevención de la estigmatización, con la participación de las entidades territoriales. También destaca que el Consejo deberá asesorar al Gobierno Nacional en la promoción de la no estigmatización a grupos en condiciones de vulnerabilidad o discriminación, entre los que se encuentran las personas LGBTI; en la puesta en marcha de programas de capacitación dirigidas al funcionariado público y a las organizaciones y movimientos sociales con miras a lograr la no estigmatización; en la ejecución de campañas masivas de cultura  para la paz y reconciliación, entre otras funciones.

Caribe Afirmativo celebra la inclusión de personas LGBTI en los Consejos de Paz, Reconciliación y Convivencia, y espera que estos desarrollen efectivamente sus funciones para promover la no estigmatización de las personas LGBTI y los demás grupos poblacionales vulnerables, la reconciliación y la reconstrucción del tejido esencial, especialmente teniendo en cuenta que la construcción de la paz sólo podrá lograrse si se erradica plenamente la discriminación y las formas de violencia diferenciadas contra grupos discriminados.