13 de mayo de 2022. Desde Caribe Afirmativo rechazamos los actos de agresión física ocurridos en la ciudad de Cartagena, en el barrio San Francisco, contra una mujer trans que participa en los procesos de nuestra organización en la ciudad. Este acto de violencia se suma a lo que podría ser una escalada de violencia contra personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversa en Colombia, la cual se da por la complicidad social de los actos y la impunidad y poca celeridad en el esclarecimiento de los hechos.
El lunes 09 de mayo, alrededor de las 6:30 de la mañana, en la calle los fundadores del barrio san Francisco, Linda Jiménez Coneo, fue agredida a machetazos en un acto de violencia perpetrado por un hombre cercano, del que recibió heridas profundas en su cuello, brazo, hombro derecho, y cabeza. Fue atendida en la E.S.E. Hospital Universitario del Caribe En Cartagena, Bolívar, dónde le dieron soporte vital y suturaron sus heridas con más de cien puntos. Actualmente Linda se encuentra en un proceso lento de recuperación.
De este hecho preocupa la falta de garantías de seguridad, estabilidad y de acceso a la justicia de las personas trans en Colombia. En este caso en particular, el agresor tiene antecedentes de violencia contra Linda, además de una medida de restricción hacia ella. Por esto, esperamos que el sistema de justicia, en este caso en cabeza del ente investigador; Fiscalía general de la Nación, actúe de manera célere y eficiente, para prevenir más afectaciones a la dignidad, la vida, la integridad física y la seguridad de Linda, y que, en esa vía, se sienten las bases para que se continúe la construcción de sociedades más respetuosas y garantistas de derechos con las personas con experiencia de vida trans y con la población LGBT en general.
Es importante recalcar que la población LGBT es sujeto de especial protección constitucional, y que la garantía del ejercicio de sus derechos recae sobre los encargados de administrar. Así las cosas, recordamos a la Alcaldía Distrital de Cartagena, La Policía Nacional, Defensoría del Pueblo y demás instituciones, que es necesario incrementar las estrategias asociadas a la prevención de violencias basada en prejuicios hacia las personas en razón orientación sexual, expresión o identidad de género diversa.
Estas estrategias deben elaborarse desde un enfoque de género y diferencial, para atender de manera prioritaria las situaciones de violencia contra las personas trans, especialmente las mujeres trans. Dentro de estas estrategias deben incluirse la priorización de las investigaciones jurídico-penales de crímenes motivados por la orientación sexual, identidad y expresión de género diversa de las víctimas. En consecuencia, la Fiscalía y el CTI deben analizar los crímenes contra personas LGBT+ desde la violencia por prejuicio.
Estas recomendaciones están fundamentadas en que, las investigaciones de violencias contra personas LGBT están vinculadas, en parte, con la falta de efectividad para determinar si la acción se cometió en razón de la orientación sexual o la identidad de género de las víctimas. En la mayoría de los casos, estas variables son obviadas en las investigaciones criminológicas y judiciales, a pesar de su posible utilidad en a la identificación de motivos y sospechosos. Aunado a esto, los prejuicios discriminatorios por parte de los funcionarios operan durante los procesos de investigación, de tal forma que afectan el desarrollo de la misma.
Sobre este último punto, la CIDH desde el 2016 ha manifestado su preocupación sobre los prejuicios y parcialidad en la investigación de crímenes contra personas trans. La corte ha mencionado [1] que: La consecuencia de estas suposiciones sesgadas es que inhibe la recopilación minuciosa de pruebas y la conducción de investigaciones serias e imparciales. En lugar de ello, los oficiales de la policía y otros agentes del sistema de administración de justicia dirigen sus acciones hacia la búsqueda de evidencia que confirme su hipótesis o teoría prejuiciada de los hechos, lo que a su vez frustra el propósito de la investigación y puede dar lugar a la nulidad de las actuaciones. Esto se materializa en la justificación de las violencias contra las personas trans y/o la criminalización de sus cuerpos e identidades por parte de los administradores de justicia y entes judiciales, quienes premian a los agresores y validan los actos de violencia contra personas LGBT+.
En este orden de ideas, la CIDH también ha mencionado que los procesos deben contemplar los factores de desigualdad real de quienes son llevados a la justicia, atendiendo al principio de igualdad ante la ley y los tribunales y la correlativa prohibición de discriminación [2]. La presencia de condiciones de desigualdad real obliga a adoptar medidas de compensación que contribuyan a reducir o eliminar los obstáculos y deficiencia que impidan o reduzcan la defensa eficaz de los propios intereses.
Si no existieran esos medios de compensación, ampliamente reconocidos en varias vertientes del procedimiento, difícilmente se podría decir que quienes se encuentran en condiciones de desventaja disfrutan de un verdadero acceso a la justicia y se benefician de un debido proceso legal en condiciones de igualdad con quienes no afrontan esas desventajas – Corte IDH: Caso Duque Vs. Colombia –.
En este sentido, los casos como el de Linda deben reconocer las falencias preexistentes en el sistema judicial en aras de responder a los principios de enfoque diferencial e igualdad material. A partir de aquí se podrían se identifiquen las necesidades de protección de las personas trans y se actúe con el único objetivo de favorecer el hallazgo de la verdad.
El abordaje del proceso, respondiendo a los principios de enfoque diferencial e igualdad material requiere que se reconozcan las falencias preexistentes y que partir de allí se identifique y en consecuencia de ello se actúe conforme a las necesidades de protección diferente, ello con el único objetivo de favorecer al hallazgo de la verdad.
Finalmente, desde Caribe Afirmativo reiteramos nuestro compromiso con la conformación de una cultura de respeto a las diversidades sexuales e identidades de género a través del reconocimiento de los Derechos Humanos y el establecimiento de garantías sociales y herramientas que brinden a las personas LGBT un espacio reivindicatorio, por lo que continuaremos en el acompañamiento del caso de Linda Jiménez Coneo.