
Llevamos 25 años en los que, como en “efecto dominó”, los países democráticos vienen reconociendo el matrimonio de parejas del mismo sexo en el mundo. Si bien Países Bajos, Bélgica, Canadá y España fueron pioneros en 2001, 2003 y 2005 respectivamente, desde su aprobación esta se convirtió en la primera causa del movimiento a nivel global, después de la lucha contra el VIH. Hoy, 39 países cuentan con este derecho y es un buen momento para preguntarnos por los alcances políticos de esta decisión.
El discurso de José Luis Rodríguez Zapatero en el Congreso de España expresó, en términos políticos, el sentido de las luchas sociales: “Se trata de un pequeño cambio en un texto legal, pero es un gran paso para la humanidad. Un pequeño cambio en la letra que acarrea un cambio inmenso en la vida de muchas personas. Estamos ampliando las oportunidades de felicidad para nuestros vecinos, nuestros compañeros de trabajo, para nuestros amigos, nuestros familiares, y a la vez estamos construyendo un país más decente. Porque una sociedad decente es aquella que no humilla a sus miembros. Es una respuesta a un grupo de personas que durante años han sido humilladas, cuyos derechos han sido ignorados, cuya dignidad ha sido ofendida, su identidad negada y su libertad reprimida. Hoy les devolvemos el respeto que merecen, reconocemos sus derechos, restauramos su dignidad, afirmamos su identidad y restituimos su libertad. Su triunfo es el triunfo de todos… hoy podemos ofrecer una hermosa lección: cada derecho conquistado, cada libertad alcanzada ha sido fruto del esfuerzo, del sacrificio de muchas personas que hoy debemos reconocer y enorgullecernos de ello. Hoy demostramos que las sociedades pueden hacerse mejores a sí mismas, que pueden ensanchar las fronteras del reconocimiento, que pueden hacer retroceder el espacio de la humillación y la infelicidad”.
El hemiciclo estalló en aplausos. El video dio la vuelta al mundo y, por primera vez, nuestra causa conseguía una victoria legislativa con transformaciones inmediatas: el reconocimiento de nuestros proyectos de vida en pareja y la afirmación de que también constituimos familia. Esta revolución amorosa tuvo en este discurso y acto político una motivación de impulso en América Latina. Argentina rápidamente se movilizó, convocando activistas de todos los sectores y regiones: quienes ya vivían en pareja, quienes soñaban con ver formalizadas sus uniones, personas trans que, como siempre, querían ser solidarias y sororas, así como académicos, políticos y actores sociales que le apostaban a la igualdad como derecho. En ese ejercicio colectivo, acuñaron el término “matrimonio igualitario”, consiguiendo su aprobación en el Congreso argentino en 2010. Luego, esta decisión escaló a escenarios legislativos y judiciales en otros países de la región: Uruguay y Brasil en 2013; EE. UU. en 2015; Colombia en 2016; Costa Rica y Ecuador en 2019; y Chile en 2022. México lo reconoció en su capital en 2009 y fue legal en todo el país en 2022. También en territorios dependientes de la región, como la Guayana Francesa desde 2013 y las Islas Malvinas en 2017.
Se han hecho intentos fallidos en Belice, Bolivia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú —proyecto presentado y archivado desde 2016—, República Dominicana y Venezuela, donde no existe figura legal para enlaces entre personas del mismo sexo. Es tanta la fuerza de este ejercicio de incidencia local que, en 2016, ameritó una consulta del gobierno de Costa Rica ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, bajo el formato de Opinión Consultiva, vinculante para los países miembros. El objetivo era determinar si la Convención Americana reconocía y protegía los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo.
Ante esta consulta, la Corte —con el código OC 24/17 del 24 de noviembre de 2017, solicitada por la República de Costa Rica— indicó que debe reconocerse en todos los países signatarios de la Carta Interamericana de Derechos Humanos el matrimonio igualitario, ya que esta reconoce derechos patrimoniales derivados de dichos vínculos. Esta decisión aceleró la aprobación en Costa Rica, fue replicada en Ecuador y debería ser invocada e implementada por otros Estados de la región miembros de la OEA, debido a su carácter vinculante.
En el caso de Colombia, si bien desde 2007 la Corte Constitucional empezó a reconocer derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo —desde la protección social hasta la herencia y la afiliación a sistemas de seguridad social—, fue en 2011 con la sentencia C-577 que la misma Corte consagró que las parejas del mismo sexo constituyen familia, deben gozar de las mismas titularidades y dignidad que las parejas heterosexuales, y reconoció que la ausencia de la figura del matrimonio para estas parejas era una discriminación.
En 2013, mediante la sentencia C-335, instó al Congreso a que, en un plazo de dos años, dejara en firme una ley que garantizara dicha corrección. En 2015, reconoció la adopción por parte de parejas del mismo sexo y, con la sentencia SU-214 del 28 de abril de 2016, dejó en firme el matrimonio igualitario en Colombia. Esto ocurrió ante la falta de acción por parte del Congreso de la República, que no logró madurar un proyecto de ley al respecto, aunque sí surgieron varias propuestas que buscaban limitarlo, planteando una figura diferente para no equipararlo con el matrimonio heterosexual.
Durante esos dos años de interinidad, algunos jueces y notarios, interpretando el espíritu de la sentencia que hablaba de discriminación, ofrecieron de forma legal y legítima la unión a varias parejas del mismo sexo, pese a las amenazas de autoridades como el entonces Procurador General de la Nación. Las organizaciones y colectivas LGBTIQ+ rodearon esta acción jurídica con contenido político, dejando constancia a los legisladores de la urgencia de amparar con la ley a las parejas del mismo sexo.
Ahora, los derechos son para usarlos. Desde 2013 —aunque con más dificultades por la negativa de algunos jueces y notarios para casar—, y con más fuerza desde 2016, cuando el derecho quedó en firme, centenares de parejas del mismo sexo en Colombia han acudido para hacer uso de este derecho. Aunque al principio enfrentamos muchas trabas, como la desinformación en los despachos, que se traducía en negación del derecho o creación de requisitos ilegales y discriminatorios, esto obligó a la Registraduría a incluir directivas claras y precisas, así como capacitación a sus funcionarios. Si bien persisten limitaciones, hoy se reconocen avances, y algunas notarías y juzgados se destacan no solo por ejercer sus funciones, sino por ser lugares seguros y garantes de derechos para las parejas del mismo sexo que buscan casarse.
En un informe conocido a finales del año pasado por la Registraduría Nacional, solo en 2024 se registraron en el país 1.243 matrimonios de parejas del mismo sexo, con 687 uniones de lesbianas y 556 de hombres gais. La mayor ocurrencia de estos matrimonios estuvo en Bogotá, seguida por Medellín, Cali y Barranquilla.
Ahora que está garantizada la protección legal y total en marcos jurídicos para parejas del mismo sexo en Colombia, y tras casi una década, vale la pena ahondar en las garantías para vivir a plenitud dicho derecho. Esto significa explorar tres realidades:
- Las políticas públicas que el Estado implementa para proteger a las familias, darles acceso preferencial a recursos y subsidios, y garantizar su centralidad en las acciones del país. ¿Incluyen a las parejas del mismo sexo? ¿Por ejemplo, cómo las celebra el Día de la Familia? ¿Tienen acceso a vivienda prioritaria o al trabajo de la tierra, que privilegia a las familias? ¿Cómo se acercan a las familias homoparentales?
- Las rutas y protocolos de atención que comisarías de familia, juzgados especializados y entes del Estado activan para acompañar y garantizar el acceso a recursos de las familias. ¿Incluyen a las parejas del mismo sexo? ¿Tienen capacidad y formación para una atención diferencial?
- En perspectiva cultural: en escenarios educativos, laborales, culturales, deportivos y públicos, ¿qué acciones se están desplegando para la participación, la garantía de permanencia y el reconocimiento a las parejas del mismo sexo y sus familias?
Por supuesto, al interior del movimiento social también se nos exige proponer acciones de solidaridad y sororidad con las parejas del mismo sexo y sus familias, darles un lugar central en la agenda y lucha social, y activar acciones en colaboración con las instituciones del Estado que prevengan y atiendan la violencia de pareja o intrafamiliar que pueda darse entre parejas del mismo sexo, sus familias homoparentales y sus entornos sociales y familiares, con los mecanismos y herramientas necesarias para evitar un daño.
Lo más grande de este proceso judicial y político es que ha reconocido, en Colombia y el mundo, que las parejas del mismo sexo formamos familia, y que la razón de ser de las familias —tanto homoparentales como heteroparentales— es el afecto, el cuidado, el cariño y el proyecto de vida compartido, donde el Estado debe promover los mecanismos necesarios para nuestra protección y disfrute pleno.
¡Que viva siempre el derecho cuando su uso está dado para mejorar la vida de la gente!Wilson Castañeda Castro
Director
Caribe Afirmativo