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Luego del examen periódico de la CEDAW al Estado colombiano, el Comité de expertas manifestó su preocupación sobre los derechos de las mujeres lesbianas, bisexuales y trans, y emitió recomendaciones para mejorar las condiciones de vida de estas

El Comité de expertas de la CEDAW se pronunció sobre la situación de derechos de las mujeres LBT en Colombia, estableciendo que conviven con muchos escenarios de riesgos y vulneración de sus derechos donde el Estado es responsable por no garantizar plena e integralmente sus derechos.

El pasado 18 y 19 de febrero, el Comité de expertas de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) realizó su examen periódico al Estado colombiano. Durante estas sesiones que tuvieron lugar en Ginebra -Suiza-, el Comité escuchó a representantes de diferentes movimientos sociales de mujeres del país, entre ellas, por primera vez, de mujeres lesbianas, bisexuales y trans, y a representantes del Gobierno Nacional. Durante la exposición de la sociedad civil se mostró cómo la violencia por prejuicio ha afectado de manera diferenciada a las mujeres Lesbianas, Bisexuales y Trans, la necesidad de que la política pública LGBT no sea eliminada, la importancia de implementar el enfoque de diversidad sexual y de identidades de género para las mujeres, y la falta de atención diferenciada para mujeres LBT, que ha sido una forma de seguir desconociéndolas por parte del Estado.

El Estado respondió a lo que manifestaron las mujeres de la sociedad civil y el 8 de marzo de 2019, el Comité de la CEDAW publicó sus conclusiones, acogiendo lo propuesto por las mujeres LBT y reconociendo las particularidades de sus vivencias cuando en sus vidas se cruzan otras identidades como la raza/etnia, diversidad funcional, entre otras. En este sentido, el Comité recogió en algunos apartados generales los siguientes puntos:

  1. Las mujeres LBT siguen sufriendo violaciones a sus derechos sin acceso a la protección del Estado ni la justicia.
  2. Es necesario que la legislación acoja la definición integral de discriminación contra mujeres y niñas que aparece en la Convención, garantizando así protección contra todas las formas de discriminación a mujeres LBT.
  3. A pesar de los avances en materia de justicia, el Comité manifestó su preocupación por la capacidad institucional limitada del poder judicial, especialmente en zonas rurales, y el alto nivel de impunidad en los casos de feminicidio, violencia sexual y violencia contra mujeres defensoras de derechos humanos, las cuales afectan de manera desproporcionada, entre otras, a las mujeres LBT.
  4. Las mujeres LBT no están representadas en la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer y es necesario que el Estado se asegure de que sí sean representadas en dicha instancia.
  5. Con el fin de enfrentar la violencia basada en género contra las mujeres, el Estado debe intensificar sus esfuerzos, estableciendo plazos y abordándolo como un tema prioritario, para la aplicación del plan nacional para la prevención de la violencia de género contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia en las instituciones, especialmente la dirigida contra las mujeres LBT, entre otras.

Adicionalmente, en los párrafos 43 y 44, el Comité aborda de manera exclusiva la situación de las mujeres LBT en Colombia. Por la importancia de este espacio, decidimos presentar la traducción literal del texto:

“Mujeres lesbianas, bisexuales y trans.

  1. Al Comité le preocupan los informes sobre discriminación generalizada, amenazas y ataques dirigidos contra mujeres lesbianas, bisexuales y trans. Al Comité también le preocupa que, a pesar del hecho de que la Corte Constitucional ha ordenado el reconocimiento legal de los matrimonios entre parejas del mismo sexo, las mujeres lesbianas, bisexuales y trans continúan enfrentando demoras injustificadas, interpretaciones discriminatorias y requisitos imprevistos al ejercer sus derechos. El Comité acoge con satisfacción la sentencia de la Corte Constitucional T-478/2015 que ordenó al Ministerio de Educación implementar medidas preventivas y de respuesta contra la discriminación sexual y de identidad de género en los manuales escolares. Sin embargo, le preocupa que esta medida aún no se haya implementado en su totalidad. Al Comité también le preocupa que el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, implementado en 2013, no haya producido los resultados esperados con respecto a la protección de los estudiantes lesbianos, bisexuales y trans.
  2. El Comité recomienda que el Estado parte:

(a) Proteger efectivamente a las mujeres lesbianas, bisexuales y trans de la violencia y la discriminación y garantizar su acceso a la justicia, mediante el manejo adecuado de sus quejas, el castigo de los perpetradores y la concesión de indemnizaciones [a las víctimas] y adoptar medidas para prevenir los delitos de odio;

(b) Asegurar el cumplimiento de la decisión de la Corte Constitucional que ordena el reconocimiento legal de los matrimonios entre parejas del mismo sexo y capacitar a los funcionarios públicos que manejan dichas solicitudes;

(c) Tomar medidas inmediatas para garantizar el cumplimiento de la sentencia T-478/2015 de la Corte Constitucional, incluso mediante la sensibilización del público en sociedad con la sociedad civil;

(d) Incluir en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar un programa más eficiente para enseñar a los niños los derechos de las mujeres lesbianas, bisexuales y trans.”

En el apartado transcrito, el Comité de expertas reconoce que las niñas y adolescentes LBT conviven con diferentes riegos asociados a su diversidad sexual y de género en espacios educativos, a pesar de las órdenes dictadas por la Corte Constitucional y la obligación del Estado de proteger sus derechos. Adicionalmente, proteger a las mujeres LBT de la violencia y discriminación, garantizando también su acceso a la justicia, requiere de procedimientos adecuados para abordar las violencias, la sanción de los agresores, el reconocimiento de reparaciones para las víctimas y de medidas para prevenir estos delitos. Asimismo, el Comité reconoce que se debe seguir trabajando en aras de asegurar que las mujeres LBT puedan acceder realmente a la figura del matrimonio igualitario.

Desde Caribe Afirmativo celebramos la decisión del Comité de expertas de incluir transversalmente un enfoque diferencial para las mujeres LBT, reconociendo las particularidades que viven y la necesidad de tomar medidas específicas para garantizar sus derechos. La oportunidad que tuvieron las mujeres LBT de la organización de participar de este proceso ante el Comité de expertas nos sirvió para reflejar muchas de las necesidades que se han identificado durante el trabajo que hacemos a diario y que las mujeres LBT siguen liderando procesos para reducir la desigualdad y promover la igualdad de género.