Si bien la declaratoria del Covid-19 como pandemia ha relegado del escenario noticioso el diario acontecer de nuestras realidades, de manera concomitante, el país sigue en marcha y tenemos la imperativa obligación de continuar realizando veeduría ciudadana, control político y la defensa de los derechos humanos.
Y esto resulta de suma importancia destacar, dado que esta situación mundial ha dejado por fuera a otros hechos noticiosos en Colombia, como lo es el escándalo de la “Ñeñepolítica” y otras a las cuales se le ha dejado de hacer seguimiento, como lo es la actual situación que enfrenta el Centro Nacional de Memoria Histórica (en adelante “CNMH” o “Centro”).
En las últimas semanas, el CNMH ha estado bajo la lupa de varios sectores del país debido a la notificación de su expulsión de la Coalición Internacional de Sitios de Conciencia, el cual resulta ser la red internacional más importante sobre esta materia; la razón, entre otras, la negativa en manifestar de que en el país sí existió un conflicto armado interno y, por tanto, el desinterés en continuar en la referida comunidad de memoria internacional.
Y es que la salida de Colombia de tan importante red, estaría relacionada con la llegada de Rubén Darío Acevedo como director del Centro de Memoria Histórica, pues, antes de ocupar este cargo, el actual director había manifestado expresamente su negativa en aceptar la existencia de un conflicto armado interno en nuestro país.
Lo anterior, implica la concepción de una memoria oficial a partir de la cual, el Estado fue víctima de los actos violentos de una guerrilla, pero dejando de lado que sea considerado como sujeto activo del negocio de la guerra, como lo sería el caso de las denominadas ejecuciones extrajudiciales.
Esta sesgada mirada del conflicto en Colombia, ha permeado sin duda el devenir del CNMH y, por tanto, ha generado el rechazo de varias organizaciones de víctimas, quienes incluso han decidido retirar del Centro, los archivos que pusieron bajo su custodia.
Esta indignante situación, sin duda, va en contravía de la visión del CNMH, el cual busca “contribuir a la reparación integral y al derecho a la verdad, a través de la recuperación, conservación y divulgación de las memorias plurales de las víctimas, así como del deber de memoria del Estado y de todos los victimarios con ocasión de las violaciones ocurridas en el marco del conflicto armado colombiano, sin ánimo de venganza y en una atmósfera de justicia, reparación y no repetición” (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2020).
Lo anterior, en virtud a que parece ser que la actual administración del CNMH, en directa sintonía con los reales ánimos del gobierno de turno, pretende desconocer el derecho que, a la verdad, reposa en cabeza de toda la sociedad en general. Pues, no puede pasar inadvertido que la verdad está relacionada con el derecho a saber por parte de la sociedad, y con el deber del estado en recordar aquellas circunstancias históricas, sociales, políticas, militares o de otro orden, que hicieron posible la ocurrencia de determinados niveles de violencia (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2014, p.43).
En estos mismos términos, a la luz del Protocolo I de 1977 adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, puede decirse que, además de propender por el conocimiento sobre el paradero de los desaparecidos o sobre las causas que rodearon a múltiples masacres y violaciones de derechos, el derecho a la verdad también procura por el establecimiento de las causas y dinámicas colectivas de la violencia, para evitar que tales violaciones se reproduzcan, es decir, este derecho trasciende de la esfera personal a la general.
Del mismo modo, tal y como lo ha manifestado Naciones Unidas, el derecho a la verdad tiene una relación con la lucha contra la impunidad, los derechos de los desplazados internos a conocer la suerte de sus familiares y en el contexto de los recursos y la reparación por violaciones graves de los derechos humanos (ONU, 2005).
Bajo este entendido, resulta inadmisible que las víctimas del conflicto armado se vean obligadas a retirar sus expedientes del CNMH, debido a que el ente que debería velar por su custodia y reconstrucción, no ofrece las garantías mínimas para tan trascendental misión.
Así las cosas, en decir, si una entidad no puede garantizar la materialización de la misión para la cual ha sido creada, ¿qué sentido tiene que siga en funcionamiento?
Si bien es cierto, la visión del CNMH está encausada a que para el año 2021 se entregue en funcionamiento el Museo de Memoria de Colombia, con ocasión al mandato establecido en el artículo 5° de la Ley 1448 de 2011, ante el panorama antes descrito, ¿qué legitimidad tendría una estructura que no representare a todas las víctimas del conflicto armado en nuestro país, y que mostrare de una forma sesgada a los distintos actores responsables de la historia innegable de nuestro país?
Y es que pretender desconocer esta irrestricta obligación del estado para con el deber de la memoria, cuyo fin último es el de prevenir la repetición de los mismos y la distorsión de los hechos, se iría en contravía de lo estipulado por la misma Corte Constitucional, que en Sentencia C-370/2006 expresó:
En cuanto al derecho a la verdad ejercido dentro de los procesos para el restablecimiento o la transición hacia la democracia y/ la paz, el Conjunto de Principios de que se viene hablando precisa que no se trata solamente del derecho individual que toda víctima o sus parientes a saber qué pasó, sino que también se trata de un derecho colectivo (…).
(…)
A fin de lograr los anteriores objetivos, los Principios contienen dos categorías de propuestas: una se refiere a la conveniencia de que los Estados en proceso de consolidación de la democracia o de adelantamiento de procesos de paz y vuelta al Estado de Derecho pongan en marcha en el corto plazo comisiones no judiciales de investigación. La segunda serie de medidas tiende a preservar los archivos que tengan relación con las violaciones de derechos humanos.
En mérito de lo expuesto, resulta menester que continúen las comisiones no judiciales de investigación y, así mismo, la preservación de los archivos relacionados con violaciones de derechos humanos en medio del conflicto armado. Sin embargo, ninguna de estas dos funciones las está logrando hoy, el CNMH.
Como ya se anotó, agrupaciones de víctimas han decidido retirar sus archivos del Centro, pero, además, otra de las críticas a la actual administración del CNMH tiene que ver con la suscripción de un convenio con Colciencias que, en principio, permitiría que grupos de investigación de distintas universidades públicas y privadas participen con sus proyectos en temas relacionados con el conflicto armado y las memorias de las víctimas.
Cabe decir, que se alude a la expresión “en principio”, en virtud a que este convenio se aleja del fin último relacionado con la construcción de memoria. Ello es dable aseverarlo, por cuanto que, al someter estos ejercicios al escenario universitario, se estaría desdibujando tal necesidad de construcción de memoria y únicamente estaríamos frente a producciones de tipo académico; acciones que solo afirman el desinterés del gobierno de procurar conocer y recordar qué fue lo que realmente pasó durante más de 5 décadas de conflicto, en el cual también resultaron responsables altos mandos militares, funcionarios de orden nacional, y representantes de entes territoriales como gobernadores, alcaldes y concejales.
Como si fuera poco, menos legitimidad goza el CNMH, cuando anunció reciente y abiertamente el ánimo de suscribirse un convenio con la Federación de Ganaderos de Colombia (FEDEGÁN), cuyo presidente ejecutivo es el señor José Félix Lafaurie, con la intención de relatar el dolor vivido por los ganaderos en medio del conflicto. Empero, esta posibilidad podría estar encaminada a mostrar a los ganaderos meramente como víctimas y no, también como victimarios; pues hay que recordar que presuntamente muchos empresarios de este sector de la economía colaboraron con el surgimiento y fortalecimiento de grupos paramilitares en distintas zonas de nuestro país.
Todas estas acciones de Darío Acevedo, apuntarían al desconocimiento y distorcionamiento de la memoria, de lo que realmente ocurrió durante estos años de conflicto, y que, del mismo modo, resultan del todo contrarias a lo manifestado por la Asamblea General de Naciones Unidas, en cuyo Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff, se alude a que el derecho a la verdad exige a los Estados establecer procedimientos para recabar toda la información, constatar los hechos y revelar de forma efectiva la verdad de lo ocurrido, contribuyendo de tal forma a combatir la impunidad, a fortalecer el estado de derecho y, por último, a la reconciliación (Asamblea General de Naciones Unidas, 2013, p.27).
Sin duda, resulta evidente que en los términos en los que se dirige hoy el CNMH, poco podría contribuirse a la memoria, cuestión desde todo punto de vista preocupante, ya que el conocimiento de una sociedad sobre su historia forma parte de su patrimonio y, por lo tanto, el Estado debería procurar su conservación, adoptando medidas adecuadas en aras del deber de recordar y preservar los archivos relativos a violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario.
Es por ello que, desde la Corporación Caribe Afirmativo, hacemos un llamado al Gobierno Nacional para que enderece el rumbo y, trabajando de forma mancomunada entre el CNMH y la Comisión de la Verdad, se entienda que lo primordial es darles voz a las víctimas y reafirmar su condición de titulares de derechos, para así contribuir a la integración y reconciliación social.
Referencias
Centro de Memoria Histórica. Disponible en: http://www. centrodememoriahistorica.gov.co/contexto/
Centro Nacional de Memoria Histórica Dirección de Acuerdos de la Verdad. YO APORTO A LA VERDAD. ACUERDOS DE CONTRIBUCIÓN A LA VERDAD Y LA MEMORIA HISTÓRICA. Mecanismo no judicial de contribución a la verdad, la memoria histórica y la reparación, Ley 1424/2010, Imprenta Procesos Digitales, Bogotá, 2014.
ONU, (2005), Resolución sobre el derecho a la verdad, número 2005/66 de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Doc. ONU E/CN.4/ RES/2005/66.
Asamblea General de Naciones Unidas, (2013), Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff, p.27.