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La Corte Constitucional ordenó una ruta de atención médica y de afirmación de género a personas trans privadas de la libertad. 

“Existe una falla estructural que, si bien también se presenta en el sistema general de salud, se agrava al interior de los establecimientos penitenciarios en donde persiste una vulneración masiva de múltiples derechos”, expuso la corte. 

21 de noviembre de 2023. La Corte Constitucional ha ordenado al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la creación de un procedimiento específico para que las personas trans privadas de la libertad puedan recibir de manera completa y oportuna tratamientos médicos de afirmación de género al solicitarlos. La propuesta implica la formación de un equipo interdisciplinario que considere las experiencias de las personas trans en prisión, las evidencias científicas y las mejores prácticas existentes, con el fin de establecer pautas claras para el personal médico. La Corte argumenta que esto garantizará una atención adecuada y puntual a las necesidades de salud de las personas trans. 

La decisión de la Corte se basa en el análisis de una Tutela presentada por Tifanny, una mujer trans privada de la libertad en la cárcel de Bucaramanga (Santander). Aunque Tifanny había iniciado un tratamiento hormonal por prescripción médica, al solicitar la continuación del tratamiento en la farmacia de la prisión, no obtuvo respuesta alguna. A pesar de que sus derechos a la salud, identidad de género, libertad de expresión y vida digna fueron parcialmente protegidos en instancias anteriores, la Sala de Revisión decidió amparar totalmente estos derechos, reconociendo la existencia de un problema estructural que dificulta el acceso de la población trans a este tipo de tratamientos médicos, constituyendo una amenaza para sus derechos.

“Existe una falla estructural que, si bien también se presenta en el sistema general de salud, se agrava al interior de los establecimientos penitenciarios en donde persiste una vulneración masiva de múltiples derechos y, de por sí, un acceso muy limitado y precario a servicios de salud” expuso la Corte. 

De acuerdo con lo expuesto, la intención de esta ruta de atención es que también se pueda hacer efectivo un acompañamiento y asesoría por parte del Ministerio de Salud y de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. Del mismo modo, podría permitir la generación de espacios de capacitación para socializar esta ruta de atención diferencial en salud para las personas con experiencia de vida trans en las IPS que operan en los centros carcelarios. 

Desde Caribe Afirmativo reconocemos la importancia de esta orden emitida por parte de la Corte Constitucional y dirigida al INPEC Y USPEC, pues, en su puesta en marcha, representará una validación de las identidades trans de personas que están privadas de la libertad y, del mismo modo, permitirá una atención digna e integral en sus procesos de afirmación de género. Las personas con experiencia de vida trans han sido históricamente vulneradas y revictimizadas en procesos de privación de la libertad. En la mayoría de los casos, sus tratamientos de afirmación de género son interrumpidos drásticamente, impidiéndoles desarrollar su proyecto de vida viviendo de manera digna y libre su identidad de género. 

Esperamos que esta ruta entre en vigencia con celeridad y que todas las personas con experiencia de vida trans privadas de la libertad en el país puedan tener acceso a una atención integral a sus tratamientos de afirmación de género.