Mediante la Resolución 4130 de 2016, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC establece los principios generales con enfoque diferencial y de derechos humanos que deben regir desde la fecha para la aplicación del reglamento general de los establecimientos de reclusión en el país. La Resolución ya se encuentra vigente y beneficiará con sus modificaciones a 687 personas LGBTI que se encuentran privadas de la libertad, según cifras entregadas por el Ministerio de Justicia.
Algunas de las principales modificaciones son:
- Se establecen reglas especiales respecto al examen médico de ingreso, con el objetivo de garantizar la salud de las personas trans que vienen recibiendo tratamientos hormonales.
- Se prohíbe usar la orientación sexual y la identidad y expresión de género como criterios de clasificación de los internos.
- Se prohíbe sancionar disciplinariamente las muestras de afecto entre parejas LGBTI.
- Las personas LGBTI pueden expresar su identidad y su diversidad sexual con elementos como pelucas, esmaltes, maquillaje, etc.
- No es requisito en las visitas íntimas de miembros de la comunidad LGBTI demostrar que la pareja es cónyuge o compañero permanente.
Caribe Afirmativo viene acompañando muy cerca la situación de derechos humanos de las personas LGBTI privadas de la libertad, se han adelantado visitas de manera articulada con la Defensoría del Pueblo, en las que se evidencia el estado de abandono, constante discriminación y acoso por parte de los demás internos a las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.
Esta resolución reconoce el trato diferencial, en especial de las personas trans respetando y garantizando su proceso de construcción identitario. El reto es lograr que los funcionarios del INPEC cumplan a cabalidad lo estipulado en la Resolución, que sin dudas hace un reconocimiento de derechos garantizando un trato digno y diferenciado a las personas LGBTI que se encuentran en centros de reclusión en todo el país.