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Diálogos de Paz: Creación de la Jurisdicción Especial de Paz

Las partes negociadoras acordaron en la mesa de diálogos de La Habana la creación de una Jurisdicción Especial de Paz (JEP), la cual tendrá como función impartir justicia por los hechos cometidos en el marco del conflicto por los miembros de los grupos subversivos, agentes del Estado y colaboradores. Entre algunas de las demás funciones de la JEP está contribuir a la reparación integral a las víctimas, lucha contra la impunidad y contribuir con el establecimiento de una paz duradera.

La JEP estará conformada por magistrados nacionales y se espera que haya presencia de juristas extranjeros de alta experiencia en temas de justicia transicional. La competencia de la jurisdicción estará sobre aquellos que hayan participado de manera directa o indirecta en el conflicto y sobre los hechos que se hayan cometido en el marco del conflicto armado interno. La jurisdiccional contará con Salas de Justicia y un Tribunal de Paz.

De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado para la paz, estas son algunas de las funciones y generalidades de la JEP:

  • Juzgar e imponer sanciones a los responsables de los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto armado, particularmente los más graves y representativos como los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, y los graves crímenes de guerra, entre otros.
  • Para quienes reconozcan su responsabilidad: Proferir sentencias fundadas en las conductas reconocidas, una vez contrastadas con las investigaciones adelantadas por la Fiscalía General de la Nación y las sentencias judiciales existentes, además de la información que provean las organizaciones de víctimas y de derechos humanos.
  • Para quienes no reconozcan su responsabilidad: Llevar a cabo un juicio contradictorio y proferir las sentencias correspondientes.
  • Fijar y verificar las condiciones y modalidades de ejecución de la sanción.
  • Supervisar y certificar el cumplimiento de la sentencia.

También se acordaron tratamientos especiales de justicia si se cumplen con los siguientes puntos:

  • A la terminación de las hostilidades, de acuerdo con el DIH, se otorgará la amnistía o indulto posible por delitos políticos y conexos. Una ley de amnistía precisará el alcance de la conexidad.
  • Para quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana por los delitos más graves, el Tribunal para la Paz impondrá sanciones de restricción efectiva de la libertad de a 5 a 8 años, que permita el cumplimiento de las funciones reparadoras y restauradoras.
  • Para quienes reconozcan su responsabilidad tardíamente, siempre que sea antes de la sentencia, la sanción será una pena privativa de la libertad de entre 5 y 8 años, en condiciones ordinarias de ejecución.
  • Quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por el Tribunal para la Paz, serán condenados a pena privativa de la libertad de hasta 20 años, en condiciones ordinarias de ejecución.
  • La JEP también definirá la situación jurídica de quienes, habiendo participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado, no sean ni amnistiados o indultados ni juzgados por el Tribunal para la Paz.
  • Las sanciones se graduarán teniendo en cuenta el nivel de participación determinante en las conductas más graves y representativa.

Desde Caribe Afirmativo hacemos un llamado para que la Jurisdicción Especial de Paz, tenga en cuenta como prioridad las violencias y violaciones de derechos humanos que se cometieron en contra de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

El proceso de paz hace necesario la implementación de un sistema de justicia que ponga en balanza los derechos a la justicia y la verdad; teniendo en cuenta que el fin último del mismo es la consecución de la paz, las víctimas deben ser la piedra angular de todo proceso de justicia transicional. La función de la nueva Jurisdicción Especial de Paz debe ir más allá de juzgar y atribuir penas a los responsables, debe tener presente el carácter reparador de las medidas para así satisfacer a las víctimas y sus familias. Una de las funciones será los criterios de priorización y selección de casos, se espera que éste se haga basado en criterios objetivos y representativos para las víctimas, priorizando las situaciones más graves y relevantes de violaciones a derechos humanos.