La Declaración de Cartagena para los refugiados permitió que los Estados tomaran soluciones duraderas para hacer frente a los desplazamientos forzados transnacionales dados por las dictaduras del Cono Sur en los años 70.
Tras treinta y ocho años del Coloquio Sobre la Protección Internacional de los Refugiados en América Central, México y Panamá Problemas Jurídicos y Humanitarios, celebrado en Cartagena, Colombia, la importancia de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados cobra mayor relevancia dadas las condiciones actuales de Venezuela y los procesos forzosos de flujos migratorios mixtos ejecutados por sus nacionales hacia otros países Latinoamericanos.
Este instrumento internacional, que tiene sus antecedentes en el Tratado de Montevideo de 1889 y la Convención de 1969 de la Organización de la Unidad Africana, ajustó el marco legal a la realidad del asilo en este continente, facilitando el tratamiento efectivo del desplazamiento masivo forzoso, y dando acogida y protección a gran número de refugiados que de otra manera podrían haber permanecido fuera del alcance de los instrumentos universales aplicados con un rigor interpretativo estricto.
Por ello, al igual que los años 70s, cuando este instrumento buscaba dar solución a la problemática del refugio masivo que afectaba a la región centroamericana, México y Panamá, hoy es adoptado por los Estados de América Latina para dar respuestas coordinadas a la garantía de derechos fundamentales en el sistema interamericano en las situaciones de desplazamiento forzado trasnacional.
Entre los aspectos a destacar de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados se encuentra que :
1. Señaló la necesidad de analizar los insumos jurídicos requeridos con base a la realidad del fenómeno, las circunstancias político-sociales de la región y la tradición de asilo de la misma, a fin de con estos elementos adoptar las acciones apropiadas para responder a los requerimientos de las poblaciones afectadas y los países receptores.
2. Estableció principios jurídicos básicos que orientan la acción de los gobiernos receptores, en un marco de respeto a la normativa internacional y regional de derechos humanos, dirigido a proveer seguridad jurídica al sujeto de protección dentro de un enfoque pragmático que apuesta por la búsqueda de soluciones duraderas.
3. Da cabida a la interpretación de la determinación individualizada, al mismo tiempo posibilita, si así fuese necesaria, la determinación grupal para aquellas personas que huyen de una zona común arrasada por los conflictos, la violencia o las violaciones masivas.
En consecuencia, la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984 permite que los Estados encuentren soluciones duraderas a los desplazamientos forzados transnacionales como se presentaba durante las grandes dictaduras del Cono Sur; en correspondencia, amplía el concepto de refugiado, reconociendo como personas sujetas de protección internacional a las víctimas de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos y violaciones masivas de los derechos humanos.
Así, la importancia de este instrumento se deriva de las interpretaciones que permiten proteger a las personas LGBTIQ+ que viven violencias en situación de movilidad humana forzada en América Latina, en especial cuando el éxodo venezolano ha demostrado que los Estados americanos cuentan con herramientas jurídicas, políticas y socio-económicas insuficientes para garantizar el goce efectivo de derechos, lo cual se hace más evidente teniendo en cuenta que este desplazamiento recae en población empobrecida y discriminada históricamente, como las personas LGBTIQ+ .
Por ello, recordar este instrumento hoy es reafirmar el compromiso que como nación se asumió para garantizar una integración social estructural y eficaz a las personas refugiadas, salvaguardando de su dignidad y derechos fundamentales imprescindibles para materializar el Estado Social de Derecho colombiano. Desde Caribe Afirmativo consideramos fundamental su aplicación con un enfoque de género que proteja la vida e integridad de todas las personas que se encuentran en procesos migratorios, especialmente a quienes tienen mayor vulnerabilidad por su orientación sexual, identidad o expresión de género.