La Corte IDH, declaró al Estado colombiano responsable por la tortura y violencia sexual sufrida por la periodista Jineth Bedoya y las posteriores amenazas y falta de garantías para ejercer su labor.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado colombiano responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, honra, dignidad y libertad de expresión en perjuicio de la periodista Jineth Bedoya Lima, como resultados de los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000 cuando ella fue interceptada y secuestrada a las puertas de la cárcel La Modelo por paramilitares, pues estando allí fue sometida a tortura y violencia sexual.
Este suceso se mantuvo en la impunidad hasta mayo del 2019, cuando condenaron a tres paramilitares por este crimen, sin embargo, el reclamo de Jineth Bedoya tiene que ver con que desde el día en que fue violentada por sus captores, ella supo que más de 20 personas se articularon para consumar este ataque, entre ellas agentes del Estado que nunca fueron llamados a comparecer por la justicia.
A su vez, el Estado también es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, la protección judicial e igualdad ante la ley por falta de la debida diligencia a la hora de llevar a cabo las investigaciones sobre estos acontecimientos y el carácter discriminatorio en razón de género y la violación del plazo razonable.
Lo anterior tiene que ver con amenazas y atentados que ha vivido Jineth Bedoya y su mamá por denunciar estos hechos y con la lentitud de la institucionalidad en el momento de llevar a cabo los procesos de investigación y trámites relacionados con este caso. En junio de 2011, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) presentó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) , alegando la responsabilidad internacional de Colombia por las amenazas y persecuciones contra la periodista y su madre y además, por el riesgo especial que Bedoya enfrenta en su ejercicio profesional como periodista.
La CIDH recomendó a Colombia una “investigación, completa, imparcial y efectiva dentro de un plazo razonable que permita esclarecer todas las circunstancias de todos los crímenes cometidos contra la periodista Jineth Bedoya”. También reiteraron indagar sobre las amenazas, violencia sexual y determinar todas las responsabilidades correspondientes incluida la posible participación de agentes del Estado.
Luego de que Colombia incumpliera las recomendaciones, el caso fue a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en julio de 2019. La periodista le explicó a los jueces de la Corte IDH que tanto ella como su madre han vivido una vida traumática desde hace más de 20 años, y que uno de los temas familiares recurrentes en la constante amenaza que sienten por salir de casa. De hecho, al siguiente día de haber denunciando el caso ante la CIDH, Jineth Bedoya recibió una llamada amenazante de un número extranjero, y le volvieron a decir que le iba a pasar lo mismo si no se callaba.
Es importante señalar que el Estado colombiano representado por Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), cuando se esperaba su versión en la audiencia virtual, se retiró y aseguró que los jueces no estaban preguntando a Bedoya con objetividad, y que por el contrario había prejuzgamientos en dichas intervenciones y preguntas. Ante la conmoción por estas declaraciones, luego de dos días la Corte IDH rechazó los planteamientos de Gómez.
Esa misma tarde que la Corte IDH publicó el comunicado, la ANDJE propuso a Jineth Bedoya una “solución amistosa”, ante lo cual la defensa de la periodista publicó un comunicado a través de la Fundación para la Libertad de Prensa FLIP, en el que se asegura que los “canales escogidos por la Agencia de Defensa del Estado no son los apropiados en el marco del litigio en curso y denotan las malas prácticas de la defensa del Estado”.
Ante este panorama ayer lunes 18 de octubre el Tribunal de la Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación a los derechos de la integridad personal, honra y dignidad, libertad de expresión y garantías judiciales en perjuicio de la periodista, y por la ausencia de investigaciones sobre las amenazas que recibió con carácter previo y de manera posterior a los hechos del 25 de mayo del 2000.
Con motivo de estas violaciones la Corte ordenó diversas medidas de reparación, entre las que se encuentran: promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para en su caso, juzgar y sancionar a los restantes responsables de los actos de violencia y tortura que ella vivió el 25 de mayo del 2000, así como los actos de amenaza que ha sufrido, después de denunciar estos hechos; en segundo lugar garantizar la difusión del programa trans media “No es hora de callar”, el cual se transmitirá por el sistema de medios públicos; en tercer lugar crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencias basadas en género contra las mujeres, en particular aquellas vulneraciones que afectan a las mujeres periodistas, para así protegerlas en su situación de peligro, e investigar y enjuiciar a los perpetradores.
Entre las reparaciones solicitadas por la Corte IDH también se encuentran: crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres victimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado colombiano y del periodismo investigativo; diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas con la violencia contra periodistas, y en especial contra mujeres periodistas; crear un fondo destinado a la financiación de programas de dirigidos a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia, así como la adopción de medidas eficaces para garantizar la seguridad de las mujeres periodistas que se encuentran sometidas a un riesgo especial, por su ejercicio laboral y finalmente pagar las cantidades fijadas por concepto de rehabilitación daño material e inmaterial a la periodista Jineth Bedoya.
Ahora bien, desde Caribe Afirmativo celebramos esta decisión como también resaltamos que la sentencia de la Corte sienta un precedente para la investigación, judicialización, reparación y memoria de las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado colombiano. Jineth Bedoya representa el rostro de miles de mujeres que han sufrido estas violencias y de mujeres periodistas que se exponen a múltiples riesgos en contextos de guerra, mientras ejercen su labor de documentar y divulgar la verdad.
Es por esto que también invitamos al Estado colombiano a que cumpla el fallo de la Corte y se consoliden a cabalidad cada uno de estos puntos en materia de reparación, como también considerar el tipo de violencia sexual que sufrieron las mujeres lesbianas, bisexuales y trans en el marco del conflicto armado colombiano, que fueron violencias especificas y diferenciadas y en prejuicio de su orientación sexual e identidad de género.
Esperamos que lo anteriormente mencionado se lleve a cabo, como también se cree una pedagogía para prevenir e identificar la violencia sexual no sólo en entornos educativos, sino con funcionarios públicos, profesionales que se desempeñen en entidades del Estado, y con toda la ciudadanía en general, que además, se aplique desde un enfoque diferencial y de género que garantice la reparación de este hecho a mujeres que han sido víctimas de este crimen y que por miedo, falta de recursos, entre otros no denuncian lo ocurrido.