23 de febrero de 2020. La unidad para la Atención y Reparación Integral de las víctimas (en adelante UARIV) dio a conocer el proyecto de resolución que modifica la Resolución 0236 de 2020, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, a partir de lo cual se propone prescindir del Grupo de Enfoques Diferenciales y de Género y crear un nuevo grupo para el emprendimiento.
Con preocupación hemos conocido la propuesta de resolución emitida por la UARIV, bajo el argumento de que, en su concepto, ya se lograron consolidar las actividades tendientes a garantizar la aplicación de los enfoques diferenciales, entre ellos, el enfoque de género, por lo que, en adelante, este tipo de acciones estarán contenidas en los procesos de transversalización en cada una de las áreas misionales del cumplimiento de la ley 1448 de 2011 que justo hace un par de semanas, por incidencia de la sociedad civil y ante la moratoria de la restitución plena de los derechos de las víctimas, fue ampliada por un periodo de diez años más.
Preocupa, además, que esta decisión no sea aislada, sino que haga parte de un proceso de desmonte sistemático de los enfoques diferenciales en esta institución del Estado, pues, en los últimos años, ese despacho –otrora pionero del reconocimiento de la afectación del conflicto armado a las personas LGBTI junto con el Centro Nacional de Memoria Histórica–, ha venido desintegrando la aplicación del enfoque diferencial para entender los efectos desproporcionados del conflicto motivados por el género real o percibido de las víctimas.
Este desprovisto se ha dado particularmente en las acciones tendientes a la garantía de derechos con referencia a la orientación sexual, identidad y expresión de género: a) en 2018, el grupo que llevaba la atención a las personas LGBTI, adscrito al grupo de asesores de Enfoques Diferenciales que estaba en la dirección nacional, fue bajado luego a la subdirección general y lo unificaron con los otros enfoques, el mismo que hoy anuncian cerrar; b) posteriormente, eliminaron las acciones territoriales, encargadas a profesionales especializados en sus sedes territoriales para la atención integral a las mujeres LGBTI y acciones de acompañamiento a colectivas de víctimas y personas en su proceso de restitución de derechos; y c) se desaceleró el procesos de reparación colectiva a los sujetos LGBTI, no solo en el reconocimiento, sino –y sobre todo– en la aplicación de las medidas de reparación.
Uno de los motivos rectores que condujo a la Mesa Nacional de Víctimas, de la cual hicimos parte hasta hace un par de meses, a solicitar al Congreso la ampliación del tiempo de ejecución de la ley, ante el cierre de su primer decenio, fue precisamente los pocos resultados de la aplicación del enfoque de género, los subregistros en materia de víctimas y hechos victimizantes de personas LGBTI, la ausencia de compromisos de los entes territoriales y funcionarios públicos en brindar una atención basada en derecho y la existencia de expresiones sociales que siguen promoviendo la misoginia y los prejuicios, además de la ausencia de la materialización de la reparación restaurativa y transformativas para las mujeres y las personas LGBTI; sin embargo, en el borrador del decreto se leen argumentos tales como: que en materia de registro, se cuenta con plena identificación de la población de especial protección constitucional; que muchos de estos –personas LGBTI– han superado la situación de vulnerabilidad; que cuentan con servidores públicos formados para la atención diferencial y con las metodologías adecuadas para su reparación efectiva.
En un comunicado de la Procuraduría, que se conoció el día de hoy, esta lanza una advertencia a la UARIV de no proceder con tal decisión, puesto que en sus balances de seguimiento al cumplimiento de la ley, ha encontrado una serie de “brechas en la garantía de derechos de estos grupos poblacionales, que requieren mayores esfuerzos para avanzar hacia una reparación integral, de tal manera que se reconozca y atienda el impacto diferenciado y, en muchos casos, desproporcionado que ha tenido el conflicto en ellos y ellas”. También llama la atención el órgano el ministerio público sobre la falta de claridad en la continuidad de la política de prevención de riesgos, la protección y garantía de los derechos de las mujeres víctimas del conflicto armado, las falencias relacionadas con los sistemas de información, monitoreo y evaluación, en tanto no se incluyeron variables óptimas para el análisis de género en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos, y las dificultades en el goce efectivo del derecho a la salud por carencia en la atención de las mujeres víctimas del desplazamiento forzado y otros tipos de violencia.
En un momento histórico, en el cual, se acrecientan los discursos de odio, se polariza la sociedad y se producen nuevas formas de exclusión y discriminación, es muy lamentable esta decisión, sobre todo venida de la primera instancia en Colombia, en recibir la tarea específica del legislativo de identificar y reconocer las afectaciones del conflicto armado en las personas LGBTI, garantizando, posteriormente, un proceso de reparación integral.
Teniendo en cuenta lo anterior, esperamos que la advertencia de la Procuraduría sea tenía en cuenta por la UARIV y que la clase política, la comunidad internacional y la sociedad civil rodeen esta exigencia, pues lo que está en riesgo es la reparación integral de las victimas más vulnerables que suelen ser aquellas que, además de tener que vivir todo el flagelo del conflicto armado, enfrentan la expresión de la asimetría social, el odio y la discriminación, por los prejuicios institucionalizados frente a su orientación sexual, identidad o expresión de género.
Caribe Afirmativo