Desde Caribe Afirmativo reconocemos como positivos cada uno de los artículos que representarían mejores condiciones laborales y garantías de derechos para las mujeres y personas LGBTIQ+.
17 de mayo de 2023. Hoy quedó radicada la ponencia de la reforma laboral ante la Comisión VII de la Cámara de representantes. Así lo anunció María Fernanda Carrascal, representante a la Cámara por el pacto histórico y coordinadora ponente del texto, detallando que esta versión quedó compuesta por 82 artículos; siete más en comparación al texto que fue radicado en marzo por el gobierno. Esta ponencia actualmente se encuentra bajo análisis crítico y desacuerdos entre el Gobierno Nacional y los gremios empresariales. Sin embargo, desde Caribe Afirmativo realizamos un análisis referente a los artículos de esta ponencia que hace referencia a las personas LGBTIQ+.
En el artículo 8 esta ponencia propone la estabilidad laboral reforzada para mujeres y demás personas en estado de embarazo. Del mismo modo, en su artículo 26 insta a que, en plataformas digitales de trabajo de reparto, se implementen políticas de no discriminación y que sus términos y condiciones de uso no podrán, bajo ningún motivo, discriminar por razones de orientación sexual, identidad de género o cualquier otra que impida el derecho al trabajo.
Respecto al artículo 43, propone la implementación de “acciones guiadas por el Servicio Público de Empleo, en un término de doce (12) meses, para eliminar cualquier tipo de barrera de acceso o permanencia, e incentivar la colocación sin ningún tipo de discriminación, especialmente de (…) personas LGBTIQ+”. Seguido, el artículo 44 deja de manera explícita que la subordinación, como elemento esencial del contrato del trabajo, no implica que pueda usarse para acciones discriminatorias basadas en la orientación sexual o identidad de género del trabajador o trabajadora
En esa misma línea, en el artículo 45 la ponencia expone la propuesta de eliminación de la discriminación contra las mujeres en sus diversidades “con acciones directas u omisión, que impidan la promoción y garantía de sus derechos en los ambientes laborales”. Textualmente, el artículo dice lo siguiente: “Se prohíbe así mismo (…) cualquier forma de discriminación en razón de la (…) orientación sexual, identidad y/o expresión de género, en el ámbito del trabajo. Se prohíbe también generar, inducir o promover prácticas discriminatorias hacia las personas trabajadoras que se identifiquen con otros géneros no binarios y diversas sexualidades, con ocasión de sus nombres identitarios, su identificación de género, orientación sexual o cualquier otro aspecto de su vida personal que no esté relacionado o influya en su ejercicio laboral”. Seguidamente, en el artículo 46, propone la eliminación de las violencias basadas en género en los sectores laborales.
Por último, en el artículo 50, la ponencia propone promover la participación e inclusión en condiciones de igualdad de las y los jóvenes, personas con diversidad de género y personas con discapacidad.
Desde Caribe Afirmativo reconocemos como positivos cada uno de los artículos que podrían representar mejores condiciones laborales y garantías de derechos para las mujeres y personas LGBTIQ+. Esperamos que estos avances se mantengan a medida que se discuta la reforma laboral.