El caso de Azul Rojas Marín vs Perú que se tramita ante la CIDH, es un caso que se enmarca en la violencia por prejuicio. María Mercedes Gómez, como experta en el tema, realizó un exhaustivo peritaje a partir de los detalles de las violencias desplegadas por miembros de la Fuerza Pública peruana y funcionarios judiciales en contra Azul Rojas Marín. De los planteamientos de la experta se podrían destacar los siguientes:
En el análisis de situaciones de violencia por prejuicio es necesario detenerse en las dinámicas de interseccionalidad, que tienen siempre que ver con la alteridad, es decir, como se ve al “otro” o la “otra”.
El prejuicio, como una racionalización terca e infundada que opera para tratar de resistir y re-naturalizar posiciones de privilegio, se sirve de las condiciones de interseccionalidad para matizar o profundizar en la marginalidad de ciertas personas.
La categoría de clases tiene mucha relación con la forma en la que opera el prejuicio. Este, se usa muchas veces para posicionar y determinar el lugar que deben ocupar aquellas personas percibidas como “el otro”, “la otra”, lo “diferente”.
La autora explica que privilegia la categoría de prejuicio sobre la de odio porque el prejuicio tiene más riqueza conceptual y el odio parece que conlleva más a centrarse en el ámbito del sentimiento individual.
Sin embargo, el prejuicio, puede aplicarse en la selección de la víctima con un fin instrumental sin necesidad de expresar hostilidad. Por eso, aunque el odio puede hacer parte del prejuicio no es un requisito esta hostilidad.
La autora llama la atención sobre que en algunos momentos se pueden inferir las as razones que motivan los tratos diferenciados hacia personas con OSIGEG diversa, analizando las situaciones contrarias, aquellas en las que el prejuicio no opera.
Respecto de la relación entre el prejuicio y el estereotipo, menciona que el prejuicio instala el estereotipo que por lo general es negativo. Por lo anterior, es crucial comprender que el prejuicio está en la cabeza del perpetrador y no en la realidad de la víctima.
Esto no es una teoría puramente psicológica sino más bien una teoría del lenguaje. El prejuicio vuelto violencia lleva un mensaje, es inteligible, estigmatiza, inferioriza, es un símbolo que le lleva un mensaje a la víctima: “hacer cosas con palabras”, evocando a Austin.
A lo largo de su intervención, María Mercedes Gómez resolvió dudas que resultan muy relevantes tales como:
¿Cómo identificar que la violencia por prejuicio es la razón que lleva a seleccionar a la víctima?
Cuando no hay un motivo distinto identificable, no hay un motivo fundado. La sospecha comienza por los antecedentes de la autoridad, el lugar, la concurrencia de los hechos, la expresión de la víctima, la manera como la víctima se auto percibe y como le perciben los testigos o el victimario.
¿En la declaración de violencia sexual, cuáles son los elementos que permiten identificar que la violencia es por la OSIGEG diversa real o percibida de la víctima?
Esto se puede evidenciar en la credibilidad o la falta de esta que se le otorga al testimonio. En este tipo de violencia, la intervención sobre el cuerpo de la víctima, el medio o instrumento usado, hay mensajes que se quieren expresar con la forma en cómo se perpetra. Por ejemplo, el penetrar con una tonfa, como elemento de poder, de autoridad, es un mensaje claramente simbólico; mediante la violencia sexual, se reafirma una posición de poder sobre la persona.
Lo simbólico es eso que además de lo material, hace que las personas que no están presentes, también sufran una victimización. El mensaje va para toda la población LGBTI, no exclusivamente para la víctima: la violencia toca los cuerpos de otros sin tocarlos. El mensaje simbólico es reinstaurar una masculinidad amenazada por la víctima percibida como transgresora.
¿Qué relación hay entre la prueba y el prejuicio?
Esta relación queda retratada en la recaudación de evidencia material probatoria y posteriormente en la valoración de la misma. Falta de interrogación a testigos, descuido de evidencia material probatoria, declaración de los hechos como crímenes pasionales o violencia doméstica.
El prejuicio invisibiliza las evidencias, básicamente “la policía no ve lo que tiene que ver”. Igualmente, la humillación en las declaraciones, revictimizar, repetir lo que pasó, hacer preguntas morbosas como “¿cuántos centímetros le lograron introducir de la tonfa?” … en resumen, la falta de credibilidad.
¿Qué deberes tienen las autoridades al momento de valorar las pruebas?
Los actos prejuiciosos siempre son relacionales, no sólo hablan de la víctima sino del victimario. Anular la declaración de la víctima es un poder de carácter relacional. El juez debe preguntarse qué observó el perpetrador en la victima para ejercer esa violencia.
En el momento final de la intervención, intentó averiguarse acerca de las medidas que estimaba pertinentes para superar el prejuicio en escenarios judiciales:
La autora mencionó la (i) aplicación práctica y adecuada de protocolos para personas LGBTI, (ii) la diligencia e investigación seria. (iii) la disponibilidad de grupos especializados en violencia por prejuicio y discriminación.
Adicional a esto, como la discriminación es esencialmente interseccional en nuestros países latinoamericanos, se debe indagar y relacionar la vulnerabilidad producto de la pertenencia de la víctima a cierta raza, clase y género que seguramente impiden el acceso a la justicia. La pobreza y el prejuicio son elementales para entender estas situaciones.
Es por ello que algunos privilegios de clase nos han permitido por lo menos discutir sobre esto. “Un privilegio puede anular un prejuicio o al menos congelarlo”.: El capital social y el cultural no llega a algunas personas, estas se quedan en una parálisis frente a la justicia.
“La Impunidad es el nombre más preciso para hablar de la falta de reconocimiento de un orden político”. Perder la confianza en la propia condición de ser humanos, de ser iguales. La impunidad también marca el destino de las personas que se oponen a los prejuicios. Incluso la vida de las personas que luchan contra estos, es amenazada. “La impunidad es la mayor perversión que tiene la violencia por prejuicio”.
La Reparación a personas LGBTI, parte del hecho de ser escuchadas y de ser reconocidas como personas. Esto recupera dignidad, ayuda. La credibilidad de la víctima es un reconocimiento al carácter de “lo humano”.
La violencia sexual como tortura es un acto que entrecruza lo jerárquico y lo excluyente. No se puede olvidar que en la tortura se erradica lo humano. La persona deja de ocupar un espacio de ciudadanía además de un trauma psicológico. Es una merma en los derechos políticos.
Otro tipo de reparación que es importante es la implementación de políticas públicas de respeto a las diferencias desde muy temprana edad. “El Estado siempre llega tarde”. El Estado repite los mismos prejuicios sociales que hay en la calle. Se deben reducir los procesos burocráticos de las denuncias además de la sensibilización. Se debe hacer apoyo material y simbólico de apoyo a las denuncias de las personas LGBT.
La seguridad y supervivencia material y psicológica de la víctima, los procesos de rectificación de la identidad de las personas en los documentos de identificación, el asegurarse que los agentes del Estado reconozcan la credibilidad del testimonio y que existen sanciones disciplinarias, cualquier mecanismo que permita que el reconocimiento sea público de cara a recuperar la confianza en el sistema judicial.
La educación es fundamental en el combate a los prejuicios, igualmente la independencia en los controles de los deberes del Estado. En suma, definir qué papel está llamado a cumplir el Estado frente a la discriminación estructural porque “sencillamente, que el Estado cumpla su función es ya reparador”.