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Chile: En una decisión que excluye a la niñez trans, Senado chileno aprueba proyecto de Ley de Identidad de Género

Fuente. Canal TVS. Chile. 2018

La Corporación Caribe Afirmativo acompaña a la ciudadanía chilena en este logro frente a la #LeyDeIdentidadDeGénero e insta al Congreso chileno en avanzar hacia la protección de la población LGBT+, en especial de las personas y niñez trans.

En una jornada histórica frente al reconocimiento de los cuerpos, identidades y expresiones de género de toda la ciudadanía chilena, los/las senadoras/senadores votaron y aprobaron por 26 votos a favor, 14 en contra y 0 abstenciones, el proyecto de ley de identidad de género para personas desde 14 años en adelante. No obstante, los senadores determinaron que los menores de esa edad no fueran incluidos en la iniciativa por no alcanzar el quórum requerido, ya que hubo 22 votos a favor, 18 en contra y 0 abstenciones.

Es por esto, que solo a partir de los 14 años una persona trans se podrá acoger a la ley. Para hacerlo, se diferenció el procedimiento que deben hacer aquellos que tengan entre 14 y 18 años, y quienes sean mayores de edad. Para los primeros, el requerimiento se hará en un tribunal de familia y el adolescente deberá contar con el apoyo de, al menos, uno de sus representantes legales o tutores. En el caso de no contar con ello, se podrá pedir la intervención de un juez para que determine si procede la solicitud.

En el caso de los mayores de edad, la diferencia está en si tienen o no un vínculo matrimonial vigente. En caso de que no lo tengan, podrán hacer la solicitud ante el Registro Civil, acompañados de dos testigos que den cuenta de que el solicitante entiende los alcances legales de un requerimiento así. Para aquellas personas que estén casadas, deberán hacerlo ante un tribunal de familia, y, en el caso de que el juez apruebe el cambio, el matrimonio se dará por terminado.

En su Opinión Consultiva –OC-24/17–, la Corte Interamericana de Derechos Humanos fue enfática en reconocer que la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce el derecho de las personas a rectificar el género o sexo, nombre, e imagen en los registros y/o en los documentos de identidad de conformidad con su identidad de género auto-percibida. En su Opinión Consultiva, la Corte IDH también se pronunció afirmando que “las consideraciones relacionadas con el derecho a la identidad de género que fueron desarrolladas … también son aplicables a los niños y niñas que deseen presentar solicitudes para que se reconozca en los documentos y los registros su identidad de género auto-percibida.” (párr. 154). Y en este sentido, afirma la Corte que “cualquier restricción que se imponga al ejercicio pleno de ese derecho a través de disposiciones que tengan como finalidad la protección de las niñas y niños, únicamente podrá justificarse conforme a esos principios y la misma no deberá resultar desproporcionada.[1]

El Estado chileno está obligado a adecuar su legislación interna a los estándares establecidos en dicha Opinión Consultiva, de conformidad con el artículo 2 de la Convención Americana. Además, Chile es actualmente parte del Grupo de Apoyo en Derechos LGBTI de la OEA (“Core Group”)[2], y de la ONU. Actualmente, preside junto con Canadá, la Coalición por la Igualdad de Derechos (“Equal Rights Coalition”)[3]. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho humano al reconocimiento de la identidad de género auto-percibida, el cual encuentra también fundamento en los Principios de Yogyakarta que el mismo Estado aceptó en el último Examen Periódico Universal de la ONU.

 

Y ahora, ¿qué sigue?

Una vez que el proyecto fue votado por el Senado, debe pasar por la Cámara. Luego del procedimiento respectivo en la cámara baja chilena, el texto será enviado al Presidente, Sebastián Piñera, quien tiene plazo de 30 días para aprobar o rechazar la iniciativa. Si no hace observaciones en ese periodo, se entiende la ley por aprobada y ésta puede ser promulgada, para luego ser publicada en el Diario Oficial y, en el plazo convenido, entrar en vigencia.

Desde Caribe Afirmativo acompañamos estas exigencias de reconocimiento de las identidades de las personas trans chilenas como una acción afirmativa frente a los derechos humanos de las personas LGBT+ en la región; asimismo, instamos a los gobiernos en las Américas a respetar, acatar y ejecutar las decisiones del sistema interamericano como la OC-24/17 de la Corte IDH, en la cual se instó a “impulsar reformas legislativas, administrativas y judiciales necesarias para adecuar sus ordenamientos internos para garantizar que personas del mismo sexo tengan el derecho a contraer matrimonio y respetar las identidades de género de sus ciudadanas y ciudadanos”.


[1] Corte IDH, Opinión Consultiva OC-24/17 – Identidad de Género, e Igualdad y No Discriminación a Parejas del Mismo Sexo, Obligaciones estatales en relación con el cambio de nombre, la identidad de género, y los derechos derivados de un vínculo entre parejas del mismo sexo (interpretación y alcance de los artículos 1.1, 3, 7, 11.2, 13, 17, 18 y 24, en relación con el artículo 1 de la convención americana sobre derechos humanos), solicitada por la República de Costa Rica, de 24 de noviembre de 2017, publicada el 9 de enero de 2018, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf.

[2] El 15 de junio de 2016, en el marco de la Asamblea General de la OEA, 8 países miembros de la OEA (Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, Estados Unidos, Chile, México y Uruguay), fundaron el Grupo de Apoyo LGBTI de la OEA, que tiene entre sus objetivos, apoyar los esfuerzos regionales y de la OEA dirigidos a asegurar que todos los seres humanos vivan libres de violencia y discriminación con base en su orientación sexual, identidad o expresión de género. Más información disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/lgtbi/docs/DeclaracionConjunta-MiembrosFundadores-GrupoApoyo-LGBTI-OEA.pdf.

[3] La Coalición por la Igualdad de Derechos fue lanzada en julio de 2016, a iniciativa de los Países Bajos y Uruguay, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos LGBTI en Montevideo. La Coalición promueve los derechos humanos de las personas LGBTI y un desarrollo inclusivo en todos los países. Con 35 Estados miembros, la Coalición realiza su trabajo en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organismos multilaterales. Más información disponible en: http://prontus.minrel.gov.cl/chile-copreside-la-coalicion-por-la-igualdad-de-derechos/minrel/2017-12-13/163556.html.