En el marco del Día Mundial de las Personas Refugiadas, resaltamos la importanta de aplicar el enfoque de diversidad sexual y de género en la atención de personas en movilidad humana. Este enfoque es detallado en la Declaración de Cartagena, vigente hace 40 años.
20 de junio 2024. En noviembre de 1984, se adoptó la Declaración de Cartagena sobre Refugiados, un instrumento político no vinculante para la protección de las personas cuyas vidas e integridades físicas están en riesgo, viéndose obligadas a salir de sus países y buscar refugio en otro país, el cual suscribieron seis países de Centroamérica (Guatemala, Belice, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica) además de Colombia, México, Panamá y Venezuela. Esta declaración nace como respuesta a los conflictos armados y las violaciones de derechos humanos en América Central en la década de los 80 que tuvo como consecuencia un masivo desplazamiento forzado de personas hacia el norte del continente. En esta declaración, se recomienda ampliar la definición de persona refugiada, contenida en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.
Cada 10 años se hace una revisión de la implementación de la Declaración y, durante estas revisiones, se han reforzado conceptos como el Principio de No Devolución como eje central para la protección de las personas refugiadas. Adicionalmente, se han propuestos programas innovadores como el de fronteras solidarias, asentamiento solidario y ciudades solidarias y la protección a personas en riesgo de apátrida; como una forma de garantizar soluciones duraderas bajo los principios de cooperación internacional y responsabilidad compartida.
Así las cosas, en el año 2024 se conmemoran 40 años de la Declaración, por lo que se espera la construcción de un plan para los próximos 10 años, el cual busca dar respuesta a las crisis de desplazamiento forzado que actualmente se encuentran en curso en la región. Y es que sigue en el tapete la necesidad de acciones conjuntas para la protección integral de personas refugiadas, así como de agilizar los mecanismos para el reconocimiento de las solicitudes de refugio, especialmente, aquellas de personas que se reconocen desde la diversidad y de género; las cuales han tenido muchas dificultades para acceder a la protección internacional.
Y a propósito de este mes del Orgullo LGBTIQ+, es fundamental el reconocimiento inmediato de medidas de protección a las personas que huyen de sus territorios víctimas de violencia por razón de la orientación sexual, identidad de género y expresión de género real o percibida. En efecto, la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha emitido una ruta de acción para la atención de esta población, donde se valoran el testimonio de las víctimas y la respuesta institucional con enfoque diferencial en género y diversidad sexual.
Aunque muchos de los informes sobre violencias contra personas LGBTIQ+ en la región se concentran en América Central, no es menos cierto que en el resto del continente se evidencian casos donde personas LGBTIQ+ han tenido que abandonar todo por las persecuciones y que violencias sistemáticas que sufren en sus países de origen, tránsito y acogida. La situación de Colombia es alarmante, ubicándose entre los países con mayores índices de crímenes, torturas y persecución: de acuerdo con el informe “Incontables: sin registro no hay memoria”, tan solo en 2023 se documentaron 156 homicidios sexodisidentes. ¿Qué acciones están tomando los países de la región para brindarles refugio?
Aplicación del enfoque diferencial a personas LGBTIQ+ refugiadas
A pesar de los avances logrados en los últimos años, la protección de las personas LGBTIQ+ refugiadas sigue siendo un desafío importante. Muchos países aún no reconocen la persecución por motivos de orientación sexual e identidad de género como una causa válida para la garantía del derechos al refugio. Además, las personas LGBTIQ+ refugiadas a menudo enfrentan discriminación y obstáculos en el acceso a los servicios básicos y la protección legal.
En este sentido, es urgente el reconocimiento de la condición de refugiado a toda persona LGBTIQ+ proveniente de Venezuela, tal como recomienda la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en atención a la definición ampliada de refugiado, según la Declaración de Cartagena.
De acuerdo a testimonios tomados por personas LGBTIQ+ refugiadas en Colombia, se observa que sus motivos para desplazarse no fueron por una decisión libre sino por razones de supervivencia. Particularmente, las personas LGBTIQ+ provenientes de Venezuela se exponen a riesgos aún mayores al entrar a Colombia por vía terrestre, sobre todo en los pasos irregulares. Se han documentado casos de abusos en contra de personas LGBTIQ+, en especial personas con experiencias de vida trans, por parte de funcionarios de la Guardia Nacional de Venezuela y demás autoridades policiales de control migratorio. Los riesgos aumentan al exponerse a grupos armados irregulares y la delincuencia de la zona. Muchas de estas personas han perdido su documentación durante el tránsito, aumentando su estado de vulnerabilidad al no poder regularizar su situación migratoria ni acceder a servicios, como la salud. Muchas de ellas también son víctimas de extorsiones, violencia sexual, trata y discriminación, tanto en el momento del desplazamiento como en los territorios de acogida.
Por estas razones, y en atención a las recomendaciones de la CIDH, es necesaria la aplicación de mecanismos que garanticen el reconocimiento expedito de la condición de refugiado de las personas LGBTIQ+ provenientes de Venezuela. Cabe destacar la correspondiente capacitación y sensibilización a funcionarios para dar una respuesta efectiva y humanitaria ante las solicitudes de refugio de personas con Osigeg diversas. Se deben desarrollar políticas públicas que brinden protección a las personas LGBTIQ+ refugiadas y solicitantes de refugio, así como fortalecer el tejido social en los territorios de acogida.Desde Caribe Afirmativo, se preparó la guía “40 años de la Declaración de Cartagena de 1984: Hacia la implementación de enfoque de diversidad sexual y de género para personas LGBTIQ+”, en la cual se hacen recomendaciones para una atención con enfoque diferencial a personas LGBTIQ+ refugiadas y solicitantes de refugio en Colombia. En este año 2024, cuando se conmemoran 40 años de la Declaración de Cartagena, se deben profundizar las acciones para garantizar su aplicación integral.