Caribe Afirmativo celebra el espaldarazo que la Corte Constitucional le ha dado a las circunscripciones de paz, las cuales son un instrumento político importante para que las víctimas del conflicto armado en Colombia puedan estar representadas en el Congreso de la República. Rechaza, además, las declaraciones de senadores del partido de gobierno, quienes han estado históricamente de la inclusión de las víctimas en la conformación del legislativo, y en general, de la salida negociada del conflicto armado. Reiteramos así nuestro compromiso con la paz, con las víctimas, y con la construcción de un país en que el diálogo sea la salida para nuestras diferencias.
5 de agosto de 2021. Caribe Afirmativo ve con preocupación las declaraciones, proferidas por el partido de gobierno, en contra de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CTEP). Es importante recordar que estas circunscripciones, concebidas bajo el marco del Acuerdo Final firmado entre la antigua guerrilla de las FARC y el Gobierno Nacional, estaban pensadas como curules transitorias dirigidas hacia víctimas del conflicto, circunscritas territorialmente a 16 territorios particularmente afectados por el conflicto armado. Esta propuesta no había logrado pasar por el Congreso de la República. Sin embargo, y en respuesta a una tutela impuesta por un Senador de la República, la Corte Constitucional ha declarado que las circunscripciones de paz sí obtuvieron los votos necesarios para surtir el proceso de control político del Senado, ordenando además que, en 48 horas, se armonice el texto proferido en la Gaceta del Congreso con la versión proferida por el Senado y que el Presidente de la República dé su efectiva sanción presidencial[1].
Las razones de algunos senadores, para estar en contra de las circunscripciones de paz, están basadas principalmente en la situación de conflictividad que aún viven las circunscripciones territoriales. Frente a esto, Caribe Afirmativo recuerda que la existencia de estos 16 territorios priorizados es precisamente debido a las condiciones particulares y diferenciadas que persisten en tales territorios. Para su delimitación y la construcción del Acto Legislativo para su creación, se usaron dos condiciones particulares: la intensidad de la confrontación armada, entre actores como las Fuerzas Militares y grupos ilegales, así como “variables de victimización”, como tasas de homicidio, secuestro, masacres, despojo, desplazamiento, víctimas por minas antipersona, desaparición forzada y asesinatos de sindicalistas, autoridades locales, periodistas y reclamantes de tierras[2]. Además, históricamente han tenido una presencia diferenciada del Estado, y no han tenido voz ni voto en temas políticos, económicos, de seguridad, entre otros. Las circunscripciones de paz son una forma de permitirles participar directamente de las decisiones tomadas en el legislativo.
Otro argumento, conectado con el anterior, critica quiénes pueden presentarse a tales curules, afirmando que estas terminarán siendo ocupadas por personas afines al crimen organizado y al narcotráfico, y no a las víctimas reales del conflicto armado. Es importante en este punto recordar que existen también mecanismos para comprobar que quienes se inscriban como candidatxs sean realmente víctimas. Entre tales mecanismos se encuentra la restricción a que sólo podrán ser inscritas personas propuestas por organizaciones de víctimas; de campesinos; de mujeres o sociales; o por grupos significativos de ciudadanos, equivalente al 10% de la circunscripción electoral en cuestión, y en cualquier caso, sin necesitar más de 20 mil firmas; así como por consejos comunitarios, resguardos y autoridades indígenas en los territorios priorizados, reconocidos y en coordinación con sus organizaciones nacionales. No podrán postular ninguna candidatura los partidos y movimientos políticos que ya tienen representación en el Congreso, o que tienen personería jurídica, ni tampoco el partido surgido del tránsito de las FARC-EP a la vida civil, Comunes. No podrán lanzarse tampoco exmiembros de grupos armados ilegales que hayan firmado un acuerdo de paz con el Gobierno o que se hayan desmovilizado individualmente. No se podrá tener simultáneamente listas de candidatos en circunscripciones de paz y en otras circunscripciones, y aquellas personas que se lancen deben comprobar su condición de víctima a través de una certificación proferida por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), además de haber vivido en el territorio de la circunscripción por lo menos tres años antes de la fecha de la elección[3]. Cada una de estas condiciones hacen que la inscripción de personas inescrupulosas sea muy difícil, por lo que el argumento facilista que afirma que personas aliadas al crimen organizado se lanzarán a tales curules, no es válido.
Finalmente, se argumenta que las personas desplazadas no están en esos territorios, por lo que la circunscripción de víctimas debería ser nacional, mas no territorial. Frente a este argumento, es importante tener en cuenta que independientemente que las víctimas del conflicto armado en Colombia, registradas ante la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), estén en otros territorios, existen organizaciones de víctimas, sociales, de mujeres, y de personas LGBT, que resisten dentro de los territorios priorizados. El no reconocimiento del partido de Gobierno de tales organizaciones, y del trabajo que aún realizan en estos territorios, refleja la desconexión que el partido Centro Democrático y en conexión, el Gobierno Nacional, tienen frente a los territorios priorizados en las circunscripciones de paz. La existencia de estas circunscripciones de paz quizá pueda ayudar a que este partido político pueda ver la realidad de las condiciones de vida en esos 16 territorios priorizados, en que las personas víctimas del conflicto armado resisten frente a las oleadas de violencia.
Las Circunscripciones Especiales Transitorias de Paz (CTEP) son un logro histórico, en el que víctimas del conflicto armado han podido ser incluidas en el Congreso de la República. La inclusión de víctimas en el Congreso de la República es un ejercicio sustentado en que las víctimas participen en la construcción del proyecto normativo que sustentará la consolidación de la agenda de paz. Es decir, las personas que históricamente han sido afectadas por el conflicto armado en sus territorios podrán participar de la construcción de legislación, del control político y de demás atribuciones que tiene el Congreso. El no reconocimiento de estas curules es un acto de exclusión política frente a las víctimas del conflicto armado que han sufrido los embates del conflicto y ante las cuales el Estado les debe medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición. Es clave que estas argumentaciones antidemocráticas sean rechazadas y que la sociedad civil continúe en su labor de defensa de las víctimas.
[1] https://www.elespectador.com/judicial/los-argumentos-de-la-sentencia-que-revivio-las-curules-de-victimas/
[2] https://www.lasillavacia.com/historias/historias-silla-llena/qu%C3%A9-son-y-para-qu%C3%A9-sirven-las-circunscripciones-transitorias-de-paz/
[3] https://www.lasillavacia.com/historias/historias-silla-llena/qu%C3%A9-son-y-para-qu%C3%A9-sirven-las-circunscripciones-transitorias-de-paz/