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Aprobado en Senado y Cámara el Proyecto de Ley Plan Nacional de Desarrollo “Colombia, Potencia Mundial de la Vida”: ¿Qué dice sobre las personas LGBTIQ+, la paz y los procesos de movilidad humana?

Ilustración de Gustavo Petro y Francia Márquez

Luego de ser aprobado por el Senado con ciertas modificaciones, en la noche del 4 de mayo de 2023, la Cámara de Representantes dio el Sí al Proyecto de Ley Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

09 de mayo de 2023. El Plan Nacional de Desarrollo se erige como la principal hoja de ruta de los gobiernos. El PND “Colombia, Potencia Mundial de la Vida” será el que marque las pautas y siente las bases para que el país sea líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza.

El texto aprobado contempla entre sus ejes transversales los actores diferenciales para el cambio, siendo enfático en que el cambio incluye a toda la población colombiana en sus diversidades, pues así se logrará transformar la sociedad para que sea más inclusiva y libre de estereotipos, estigmas y discriminaciones de tipo económico, social, religioso, cultural, político, y basados en género y orientación sexual diversa; de este modo, la diversidad será fuente de desarrollo sostenible y no de exclusión.

También busca “superar las brechas ocasionadas por el conflicto armado y por las divisiones entre lo urbano y lo rural.  Actores como las mujeres, la comunidad LGBTIQ+, las víctimas, las niñas y los niños, las comunidades étnicas, los jóvenes, las personas con discapacidad y la comunidad campesina son parte integral de las transformaciones propuestas por este Plan”.

Derechos de las personas LGBTIQ+

Las personas LGBTIQ+ son comprendidas por el PND como sujetos de especial protección constitucional y, por ende, su inclusión y garantía de la igualdad real y efectiva merece especiales esfuerzos desde todos los frentes institucionales y sociales. Para lograr este objetivo, la inclusión y protección a personas LGBTIQ+ se ve reflejada en los siguientes artículos:

  • Artículo 70: Crea el Sistema Nacional de Igualdad y Equidad, el cual busca coordinar las actividades estatales de las organizaciones sociales y de los particulares para formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas, proyectos y medidas para promover la eliminación de las desigualdades económicas, políticas, territoriales y sociales; impulsar el goce del derecho a la igualdad; el cumplimiento de los principios de no discriminación y no regresividad; la defensa de los sujetos de especial protección constitucional y de grupos discriminados o marginados.
  • Artículo 74: Insta al Ministerio del Trabajo y al Gobierno Nacional a crear la Política Pública de Trabajo Digno y Decente, la cual se regirá por un enfoque diferencial, buscando la promoción de empleo e ingresos dignos, la extensión de la protección social, la garantía de los derechos fundamentales del trabajo, y el ejercicio del diálogo social y tripartismo.
  • Artículo 81: Busca la creación de un Plan de Formalización del Empleo Público para que los órganos, organismos y entidades de la Administración Pública provean todos los cargos de las plantas de personal, se creen nuevas modalidades de acceso al empleo público y se haga un uso racional de la contratación por prestación de servicios. Este plan de formalización del empleo público se destaca porque garantizará la inclusión en condiciones de igualdad, principalmente de los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas con identidad de género diversa y otras poblaciones vulnerables, buscando siempre la paridad de género.
  • Artículo 109: Busca que a través del Ministerio del Interior se lidere, amplíe y fortalezca la Política Pública de Participación Ciudadana y Electoral, con el objeto de incorporar enfoques diferenciales como el de género y de esta manera fortalecer las organizaciones sociales, proteger el voto libre y promover los derechos políticos de las mujeres bajo el principio de paridad y alternancia y de la población LGBTIQ+. En ese sentido, se hace el llamado a reglamentar el Sistema Nacional de Planeación Participativa para garantizar que la participación con enfoque de género y diferencial, se articule desde los distintos niveles territoriales.
  • Artículo 114: Contempla la creación y conformación de un mecanismo para la prevención y atención integral de violencias y actos de discriminación a población LGTBIQ+ a cargo del Ministerio de Igualdad y Equidad en articulación con los Ministerios de Defensa, Justicia, Interior, Educación, Salud, Trabajo, Cultura, el Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General de la Nación. Así mismo, contará con la participación de la Comisión Accidental de Diversidad Sexual del Congreso de la República, el Ministerio Público, representantes de la academia y organizaciones sociales.

Estas instancias conformarán un mecanismo de coordinación interinstitucional para la formulación, definición y monitoreo de rutas, procesos y procedimientos de prevención, atención e investigación oportuna a casos de violencias contra personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, que pueden hacer parte de las violencias basadas en género, en conexidad con el Sistema Nacional LGBTIQ+ o el que hagas sus veces.

Como parte de este mecanismo, se hace un llamado a las entidades territoriales para que creen metas y líneas estratégicas en los planes de desarrollo locales y regionales que busquen la prevención y atención integral de las violencias y actos de discriminación a la población con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, además de mesas de trabajo interinstitucionales para el abordaje de violencias y actos discriminatorios en contra de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

En Caribe Afirmativo, nos sumamos a la celebración que conlleva la aprobación de un Plan Nacional de Desarrollo que pone como prioridad a las personas LGBTIQ+, haciéndolas partícipes de la construcción y transformación de una sociedad que reconozca y respete la diversidad y, con ello, el deseo que vivir una vida digna y en paz.

Paz Total, estable y duradera

La propuesta realizada por el gobierno nacional contenía aproximadamente 300 artículos, varios de estos orientados a cumplir los objetivos pactados seis años atrás con la firma del Acuerdo final para la paz entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Algunos se relacionan con la sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, el Proceso de Acompañamiento dirigido a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública, implementación de las recomendaciones del informe final de la Comisión de la Verdad. Es necesario mencionar que entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y sus ejes principales se identifica la consecución de la Paz Total, como una apuesta participativa e incluyente para la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

En ese sentido, en el capítulo 1 de Proyectos, Políticas y Programas para la construcción de la Paz, se identificaron cerca de 18 propuestas aprobadas que permiten avanzar en el proceso de construcción de paz y dignificación de las víctimas, entre las cuales están:

  • Artículo 8: Busca acelerar el pago de indemnizaciones administrativas de las víctimas del conflicto hasta 18 meses.
  • Artículo 9: Buscan instalar un enfoque de género y diferencial en los procesos de reconversión productiva e industrialización en territorios con presencia de cultivos de coca, lo cual permitiría que se tengan en cuenta las particularidades en razón del género, orientación sexual e identidad de género.
  • Artículo 20: Se menciona el Programa de Reincorporación Integral, donde individuos y colectivos en proceso de reincorporación social puedan alcanzar el acceso y goce efectivo de derechos con enfoque de género.
  • Artículo 23: Promueve la articulación a nivel nacional y regional para la comprensión y abordaje de las economías ilegales, así como las violencias producidas por estas, con el fin de alcanzar garantías en las alternativas y oportunidades para la ciudadanía con enfoque diferencial y de género.

Con respecto a los demás capítulos del PND, se identificaron apuestas para construir la Paz Total por medio del trabajo digno y decente, educación para la paz y acciones para alcanzar la paz total que incluyen la formulación de la política pública de derechos humanos y la contemplación de la cultura y los saberes como formas de construcción de paz y transformación de la sociedad.

Por esto, encontramos que las apuestas para la construcción de la Paz Total del Gobierno actual están enmarcadas en acciones para cumplir el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Sin embargo, el Artículo 8 del borrador, que buscaba implementar las recomendaciones del Informe Final de la Comisión de la Verdad en las instituciones del país, fue eliminado en conciliación.

Esto afecta los procesos de construcción de paz, dado que las recomendaciones buscan que desde las instancias gubernamentales se den reformas políticas, programas y políticas públicas orientadas a la construcción de paz, acceso a la verdad y garantías de no repetición. A la vez, permitirían que la ciudadanía colombiana pueda conocer la verdad y las realidades del conflicto, así como los hechos victimizantes que vivieron las personas LGBTIQ+ en razón de sus orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas.

Procesos de movilidad humana

En el documento final sólo se mencionan dos acciones concretas sobre migración, a saber:

  • Artículo 3: Menciona que se propenderá por la inclusión de los colombianos residentes en el exterior y los retornados en los programas, planes y políticas establecidos en el plan, así como para la implementación de la ley retorno y la Política Integral Migratoria.
  • Artículo 154, 155 y 156: Hablan sobre los pagos pendientes por atención en salud a población migrante no asegurada y la futura financiación para esta.

En términos generales, al revisar otras temáticas que pudieran ser transversales al abordaje de la migración, no se encuentra mención a las personas migrantes. Por ejemplo, en el artículo 4 que trata sobre ejes transversales, en el apartado 2 se menciona que toda la población colombiana serán actores diferenciales para el cambio, sin tener en cuenta a las personas venezolanas que han ingresado al país.

Igualmente, al revisar los mecanismos planteados para prevenir y erradicar la discriminación, no se menciona aquella que se da por el origen nacional de las personas, como es el caso de las artículos 71, 72, 116 y 348, los dos últimos referentes a discriminación por orientación sexual, identidad de género y raza, formas de discriminación estrechamente relacionados con los procesos de integración social de personas migrantes.

La gestión de la migración y la atención a las personas que se encuentran en procesos de movilidad deben ser prioridad para el gobierno, ya que el aumento de los flujos migratorios trae consigo situaciones de riesgo para las personas LGBTIQ+ y amenazan la estabilidad de la Paz Total, por el aumento de la trata de personas y la gobernabilidad criminal. El restablecimiento de las relaciones bilaterales con Venezuela no debe significar la negación del éxodo masivo de personas venezolanas hacia Colombia.